En ese sentido, los miembros del Cepri toman un acuerdo, y yo lo que hago es transcribir el acuerdo en el contrato. El señor PRESIDENTE.— Perdón, pero todo acuerdo en estos casos debe estar sustentado en una opinión legal, porque si hay tres personas o cuatro personas ahí que no tienen una profesión que puede interpretar legalmente y financieramente el contrato, se supone que deben tener asesores de carácter legal y de carácter financiero, que le diga: Oiga, estas cláusulas contravienen tales artículos de la ley o nos parece legalmente bueno o malo. El señor LICETI HILBCK.— Yo le respondo, es bien simple. La cláusula del contrato no contraviene ninguna norma en una ley. Entonces, la pregunta, hasta yo le he entendido, su pregunta es bien clara y se la respondo así, las cláusulas no contraviene en ninguna norma ninguna ley. Ahora, con respecto a cuál es mi opinión si esto es conveniente o no. Yo no realizaba las conveniencias o no. Si es que yo hubiese dicho cualquier cosa, yo no tenía ni voz ni voto en la decisión; por lo tanto, yo sí podría decir, como asesor legal, decirle: Señor, contraviene tal cláusula, tal disposición, tal cosa, por lo tanto no debe ir porque se va a entender nula. Pero no es el caso, la cláusula no es nula porque no contraviene ninguna ley, ninguna norma del sistema jurídico. El señor PRESIDENTE.— Señor Luceti, pero en vista de que usted es el asesor legal, secretario ejecutivo, me parece también es quien coloca o quien redacta los contratos, usted pues es el encargado entonces de poner en este contrato lo que el Cepri desea o la intención del Cepri en este proceso de privatización. Entonces, usted podría decirnos cuál es el criterio del Cepri o la intención del Cepri dentro del proceso de privatización, porque usted es el encargado de armar esto que se llama contrato y ponerlo a los postores. El señor LICETI HILBCK.— Le explico, los acuerdos se toma por escrito. Una vez que se discutía, se adoptaba un acuerdo, se ponía exactamente el acuerdo. Entonces lo que hacía yo era mi obligación como abogado, como responsable de presentar esos contratos a Copri, era que esos acuerdos estén reflejados en el contrato. Ese es la función de transcripción o de velar, porque los acuerdos de los miembros del Cepri se formalice en el contrato. Es decir, qué pasaba si es que se toma una, dos o tres decisiones, simplemente yo por ser responsable de los contratos no lo pongo, estaría siendo yo lo que me da la gana con el contrato. Situación que no es así. Yo lo que he hecho es poner cada uno de los acuerdos reflejarlos en el contrato. Por eso es que, con todo respeto, cuando usted me pregunta respecto a intención o la motivación o si considera. Yo les digo es que, primero, la decisión no contraviene normas, por esa razón como abogado no tuve necesidad de emitir una opinión al respecto. En segundo lugar, si era conveniente o no, me parece que lo que deben de responder son las personas que decidieron esto y que lo incorporaron. El señor PRESIDENTE.— Cuál fue la posición del señor Jesús Beutis, no como Presidente del Directorio de Electroperú que la conocemos, sino en su condición de miembro de la Cepri con respecto a esta cláusula de asesoría. El señor LICETI HILBCK.— Él la aprobó, lo han aprobado. El señor PRESIDENTE.— O sea, no se opuso a la ... El señor LICETI HILBCK.— Está aprobada, si ustedes revisan las actas del comité está aprobado. El señor .— Una pregunta. Usted cree que la Cepri, empresas regionales de distribución, se contradicen con el Plan de Promoción a la Inversión Privada. -16-

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