En febrero de 2015, personal de seguridad de DP World descubrió a dos hombres por los oscuros corredores. En su huida dejaron tirados en el piso una caja de espárragos, una cizalla y un precinto roto numerado. En el interior del contenedor contaminado se halló tres maletines negros cada uno con 40 kilos y, además, un precinto de seguridad clonado que iba a ser colocado por el original. 1.6. MEDIDAS PREVENTIVAS CONTRA EL TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS EN LOS PUERTOS Como se advirtió anteriormente, de 1.5 millones de contenedores, sólo el 5% es fiscalizado, si a esto le sumamos lo que sostuvo el Dr. Juan Mendoza, Fiscal Antidrogas del Callao, que no se cuenta con escáneres móviles tipo arcos, que son como puentes por donde deben pasar los contenedores que ingresan a los puertos, podemos concluir que los puertos en nuestro país no cuentan con ningún tipo de control, lo que los convierte en una salida más de la droga. Según el Literal p) del Artículo 26° de la Ley N° 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional, la Autoridad Portuaria Nacional tiene como función coordinar con las demás autoridades nacionales las acciones pertinentes para garantizar la seguridad general y la lucha contra el contrabando y los tráficos ilegales; a pesar de ello, como lo hemos comprobado la droga sale impunemente y nadie dice ni hace nada. El 11 de abril del 2011, la Autoridad Portuaria Nacional celebró un Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional con la Dirección Antidrogas de la Policía Nacional del Perú -DIRANDRO-, a fin de ejecutar estrategias conjuntas que faciliten el cumplimiento de sus objetivos institucionales, así como desarrollar mecanismos de coordinación y colaboración orientados a la realización de actividades vinculadas con el TID. La vigencia de dicho documento fue hasta el año 2013. No habiendo sido renovado hasta la actualidad. En este sentido, la presente iniciativa legislativa tiene como objetivo facultar de manera permanente a la Dirección Antidrogas de la Policía Nacional del Perú DIRANDRO- para que se haga cargo de la fiscalización de los contenedores de los puertos del país. De lo contrario, vamos a seguir dejando al libre albedrío de los narcotraficantes esta zona costera. VI. EFECTO EN LA LEGISLACIÓN NACIONAL El presente proyecto permite que nuestra legislación nacional sobre la prevención del tráfico ilícito de drogas se cumpla cabalmente. 992

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