II INCIDENCIA EN LA LEGISLACIÓN NACIONAL La presente iniciativa legislativa garantiza una mayor presencia e intervención del Estado en materia de prevención de los delitos del tráfico ilícito de drogas, lavado de activos y control de insumos químicos, así como la promoción de la participación ciudadana, y una eficaz colaboración interinstitucional de los distintos organismos del Estado contra estos delitos. Asimismo, centraliza y coordina las políticas y las metas de interdicción generando una mayor eficacia. La presente iniciativa legislativa se sustenta dentro del marco legal en los artículos 73° numeral 7, incisos 7.1 y 7.2 de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972 ; en los Artículos 85°, 111°, 112°, 113°, 116°, 117°, 144° y 145° concordante con el Artículo 17° de la Ley N° 27783 Ley de Bases de la Descentralización. IV. ANÁLISIS COSTO BENEFICIO La aprobación de la presente iniciativa legislativa no supondrá gasto alguno al erario nacional, pues en tanto enfoque político social se integra dentro de la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas iniciada por el Estado peruano. Asimismo, su finalidad integradora involucra una mayor intervención activa y colaboración interinstitucional en los niveles de gobierno. ESTHER SAAVEDRA VELA Congresista de la República 951

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