El señor .— Señor Presidente, lo que sucede en este caso es que el Estado quiso a toda costa transferir las acciones de todas las azucareras del país, sin tener definitivamente ninguna voluntad de ser transparente las tasaciones, las valorizaciones de estas empresas. En este caso lo único que se hace es se fuerza en todas las transacciones de las empresas azucareras la entrada o su registro en Bolsa de Valores para, de acuerdo a la norma de Bolsa de Valores, hacerlo irreivindicable. Por eso es que se hace, porque eso era lo que buscaba al fin y al cabo un empresario. Pero realmente acá Conasev no ha debido inscribir ninguna azucarera en el registro de Bolsa de Valores. El señor PRESIDENTE.— Esa es una reflexión que a mí me parece que debiera estar claramente planteada, porque es una reflexión que produce —que es a lo que iba— una apreciación del conjunto del proceso como un proceso marcado por graves irregularidades en este terreno, donde violan los procedimientos con plena conciencia de que lo están haciendo, el Estado, porque está colocando una suerte de imposible jurídico, está creando una formalidad que a su vez es imposible de aplicar a plenitud y con seriedad, ¿no? Está comprometiendo a Conasev en incorporar a estas empresas a la Bolsa de Valores incumpliendo la propia normatividad, o sea, tiene que cumplirla por un lado, pero la incumple por otro ¿no? Y tres, está terminando con operaciones de venta que carecen de la claridad y las garantías y las condiciones suficientes a marchas forzadas. Esa reflexión me parece a mí que debe estar claramente presente en este terreno, y es a eso a lo que iba mi observación. O sea, es evidente que una vez inscrita en la Bolsa de Valores, las acciones, los procedimientos tenían que ir por el lado de una OPA, iban con tan poca claridad como cuando uno compra directamente y no en Bolsa; porque yo no sé en función de qué han valorizado las acciones quienes han comprado, si no hay estados financieros auditados lo han hecho en una forma absolutamente subjetiva. Pero creo que está claro en este terreno que el proceso se ha manejado con irregularidades de carácter general y que el subsanar irregularidades ha ido dirigido a subsanar irregularidades en determinado sentido y no en otro. O sea, para favorecer a unos y no a otros; por lo tanto, ha sido una subsanación parcial. Yo le rogaría que, entonces, en función de esas observaciones que continuara. Está claro, entonces, que es a partir del año 92 que las empresas de accionariado difundido, cosa que debiera estar claramente señalado, tienen que estar registradas en Bolsa. Es a partir de que el Estado toma la decisión de buscar inversiones privadas para las empresas azucareras y buscar su transferencia que promueve que estas se conviertan en empresas de accionariado difundido y es obvio que una vez que estas se convierten en sociedades anónimas, aún antes de la decisión del Estado de hacerlo, que es el caso de San Jacinto, que es antes de la decisión del Estado de hacerlo, estas tenían que estar registradas en Bolsa obligatoriamente. Y para registrarse en Bolsa y poder operar en Bolsa, tenían también que tener estados financieros auditados. Dicho de otra manera, la ley las obligaba a que si vendían y vendían mayoritariamente las acciones tenían que hacerlo por Bolsa y tenían que hacerlo con OPA; pero, a su vez, como no tenían estados financieros auditados no cumplían una condición para estar en Bolsa. Entonces, de alguna manera, por lógica, no sé si me equivoco, lo que debiera ocurrir es que estas empresas terminaran congeladas, o sea que no pudiera producirse ninguna transferencia de acciones o transacción mientras no cumplieran el conjunto de las condiciones, ¿no es cierto? Eso es lo que legalmente debió haber ocurrido. El señor .— (Interviene fuera de micro). El señor PRESIDENTE.— Pero aún eso, porque tenían que vender también vía Bolsa, ¿o estoy equivocado?, ¿o se podía vender por fuera de Bolsa? El señor .— (Interviene fuera de micro). -9-

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