El señor CAMET DICKMANN.— Eso no pasa. El señor PRESIDENTE.— Y en el otro es por escisión donde la ballena pare una anchoveta y por haber parido la anchoveta tiene derecho a depreciar, por segunda vez, los activos que revaluó. El señor CAMET DICKMANN.— Yo Sunat le caigo por la segunda, porque no te me vas a hacer el vivo, no me hagas mal uso de un decreto. El señor PRESIDENTE.— Esto ocurrió en los años 94, 95, 96, 97, 98, porque además esta norma, la Ley 26283 fue reiteradamente, era una ley que duraba un año por excepción, pero del 94 se renovó el 95, se renovó el 96, se renovó el 97 hasta que. El señor CAMET DICKMANN.— Perdón, qué fecha. El señor PRESIDENTE.— El 31 de diciembre del 98 cuando Baca Campodónico estaba de ministro. El señor CAMET DICKMANN.— Ya veníamos hablando, creo que es en junio, ya había que darle termino a esto porque ya la economía estaba normalizada. Ya el valor del libro era absurdo respecto al valor de mercado, ya no eran necesarias las fusiones. Reitero, lo que dice hace un momento en el año 97 hubo un superávit. El señor PRESIDENTE.— Y usted considera que este régimen es estabilizable por contratos de estabilidad tributaria. Es decir, que un dispositivo que tiene un año de duración puede ser considerado como un régimen amparable bajo el contrato de estabilidad tributaria, cuando el reglamento sale un mes después de que se produjo la privatización y el contrato de estabilidad tributaria. El señor CAMET DICKMANN.— Mira, eso es una pregunta para los abogados que va más allá de mis conocimientos. El señor ABOGADO.— ¿Me permite una intervención? El señor PRESIDENTE.— Sí, cómo no. El señor ABOGADO.— Yo simplemente quisiera dejar constancia de algo que me estoy ilustrando grandemente con este maravilloso debate. Este debate es sobre la interpretación de dispositivos, pero la investigación no se hace sobre la interpretación de dispositivos, sino sobre conductas. Entonces, yo quisiera que esto quede muy presente. Que esta última parte del Decreto Supremo 120, que hemos llegado hasta este momento, es un debate sobre la interpretación de dispositivos. Pero considero reconocer tener presente aquí son comportamientos. Nada más, señor Presidente. El señor PRESIDENTE.— Claro, el problema aquí ingeniero Camet es que también le voy a ser totalmente franco en este sentido, aquí lo que estamos investigando es sobre la base de una hipótesis y esa hipótesis es que hubo una asociación ilícita para delinquir. Es decir, que no fue un delito aislado por aquí, otro delito aislado por allá, otro delito aislado por allá, sino con un conjunto de delitos que estuvieron articulados entre sí para hacer posibles determinadas acciones, determinados beneficios, determinados negocios, desde colusión, peculado u otros, vía dispositivos, donde se combinaban el funcionamiento del Congreso, el funcionamiento del Tribunal Constitucional, el funcionamiento de los Rodríguez Medrano en el Poder Judicial, el -45-

Seleccionar párrafo de destino3

Conectar a un párrafo
Connect to an entity
Disable highlights
Añadir a la tabla de contenidos