El señor CAMET DICKMANN.— Yo conozco esto ahora, te repito la Sunat es la fiscalizadora
empresa por empresa, a todas.
El señor PRESIDENTE.— O sea que el responsable de esto sería el señor Iberico y de no haber
acotado también sería responsable alguien de quien se ha expresado usted muy bien, que es la
señora Almenara.
El señor CAMET DICKMANN.— Bueno, la señora Almenara es una buena persona, es una
persona honesta.
El señor PRESIDENTE.— Pero el señor Iberico, el señor Díaz Ortega y la señora Rosario
Almenara fueron superintendentes de Sunat y no acotaron.
El señor CAMET DICKMANN.— Javier, yo sé que esto emocionalmente para ti es una cosa
importante y lo acepto, lo comprendo y aprecio que así lo hagas, defiendes tu causa y me agrada.
Pero de ahí a que puedas pensar que personas que no tienen nada que ver con fiscalización como
Charo Almenara, que las menciones como responsables.
El señor CAMET DICKMANN.— Rosario Almenara ha sido superintendente de la Sunat el
año 2000.
El señor CAMET DICKMANN.— Por favor, eso es con Boloña en los últimos días.
El señor PRESIDENTE.— El año 2000.
El señor CAMET DICKMANN.— Sí.
El señor PRESIDENTE.— Tampoco acotó.
El señor CAMET DICKMANN.— Pero cuántos días duró.
El señor PRESIDENTE.— Duró dos meses.
El señor CAMET DICKMANN.— Ya ves, qué va hacer pues en dos meses, Javier. Bueno, de
otros que duraron más, se les pasó al fiscalizar o sabe Dios qué más, no a los jefes de la Sunat
que para mí han sido honestos todos los santiaguistas y los no santiaguistas.
Si el fiscalizador o lo que fuere, no lo sé. Pero no...
El señor PRESIDENTE.— Su lógica siempre es acortar la pita por el punto más débil, ¿no es
cierto? O sea, es el funcionario intermedio, de abajo.
El señor CAMET DICKMANN.— No, no, no, no. Yo he dicho que son honestos los jefes, no
he cortado la pita ni nada, responsabilidad terminamos haciendo en escalera hacia arriba. Pero lo
que te he dicho es que no acepto es que tu pretendas que el ministro se entere de que éste cree
una empresa chiquita y la fusiona con otra ¿no? Esas cosas no se entera el ministro.
El señor PRESIDENTE.— Yo quisiera pedirle una respuesta muy concreta, algo muy concreto.
Que usted me diga qué artículo de la 774 es similar a lo que yo le voy a leer: “Para efectos del
impuesto a la renta los bienes transferidos como consecuencia de la fusión o división de personas
jurídicas a que se refiere el artículo anterior, tendrá como costo computable para el adquiriente el
valor al que fueron transferidos, el cual no podrá exceder el valor de mercado.”
El señor CAMET DICKMANN.— Esa es la ley.
El señor PRESIDENTE.— Ese es del decreto, no es la ley.
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