INFORME FINAL DE LA COMISIÓN INVESTIGADORA ENCARGADA DE INVESTIGAR EL PAGO DE PRESUNTAS COIMAS A
FUNCIONARIOS PERUANOS POR PARTE DE LAS EMPRESAS BRASILEÑAS ODEBRECHT, CAMARGO CORREA, OAS,
ANDRADE GUTIÉRREZ, QUEIROZ GALVAO Y OTRAS, DESDE EL INICIO DE SUS ACTIVIDADES HASTA LA FECHA, POR
CUALQUIER FORMA DE CONTRATO CON EL ESTADO PERUANO.
TÍTULO I
ASPECTOS GENERALES DE LA INVESTIGACIÓN
1. MANDATO DE LA COMISIÓN:
El Pleno del Congreso de la República en su sesión número 16° celebrada el jueves 1
de octubre y presidida por el congresista Luis Ibérico Núñez, aprobó el texto sustitutorio
de la Moción de Orden del Día N°13482, acordando conformar una Comisión
Investigadora con el fin de investigar lo siguiente:
El pago de presuntas coimas a funcionarios peruanos por parte de las empresas
brasileñas Odebrecht, Camargo Correa, OAS, Andrade Gutiérrez, Queiroz
Galvao y otras, desde el inicio de sus actividades hasta la fecha, por cualquier
forma de contrato con el Estado Peruano.
El Pleno otorgó a la Comisión un plazo de 120 días útiles para su labor, el mismo que
fue ampliado hasta el 31 de mayo del 2016.
2. OBJETIVOS DE LA INVESTIGACIÓN:
En base al mandato del Pleno, la Comisión Investigadora aprueba como objetivo
central:
―Determinar la realización de presuntos pagos indebidos a funcionarios peruanos por
parte de empresas brasileñas Constructora Norberto Odebrecht SA. Sucursal Perú,
Odebrecht Perú Ingeniería y Construcción SAC., Camargo Correa, OAS, Andrade
Gutiérrez, Queiroz Galvao, Engevix, Galvao Engenharia, UTC Ingeniería y Otras para la
obtención de contratos con el Estado Peruano; procedimientos técnicos y/o
administrativos indebidos o irregulares asociados con dichos pagos, y/o la afectación
que pueda haber sufrido el Estado peruano, así como las responsabilidades
subsecuentes‖
Para materializar este objetivo la Comisión Investigadora aprueba, el 9 de noviembre de
2015, los siguientes objetivos específicos:
Determinar sí en el marco de los contratos y adendas firmadas por las empresas
brasileras con el gobierno peruano, se han producido actos lesivos contra el
Estado Peruano.
Establecer los hechos que permiten presumir la recepción de coimas, sobornos
o ingresos obtenidos de manera irregular por parte de autoridades o funcionarios
del Estado que intervinieron de manera directa e indirecta en los casos
investigados.
Identificar los procedimientos técnicos y/o administrativos indebidos o irregulares
asociados con pagos excesivos y/o la afectación que pueda haber sufrido el
Estado Peruano, y las responsabilidades subsecuentes, cuantificando el
perjuicio ocasionado.
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