INFORME FINAL DE LA COMISIÓN INVESTIGADORA ENCARGADA DE INVESTIGAR EL PAGO DE PRESUNTAS COIMAS A
FUNCIONARIOS PERUANOS POR PARTE DE LAS EMPRESAS BRASILEÑAS ODEBRECHT, CAMARGO CORREA, OAS,
ANDRADE GUTIÉRREZ, QUEIROZ GALVAO Y OTRAS, DESDE EL INICIO DE SUS ACTIVIDADES HASTA LA FECHA, POR
CUALQUIER FORMA DE CONTRATO CON EL ESTADO PERUANO.
conformidad con el concedente. No obstante, si la obra se prolongaba por diversos
motivos pero los tramos estaban culminados entonces se realizaba el pago
proporcional. Sobre este particular, se tenía previsto que la construcción de la totalidad
de las obras duraría cuatro años, lo cual dificultaría el logro de financiamiento con cuatro
años de gracia para el inicio de repago del servicio de deuda. En vista de esto, se
definieron tres etapas de ejecución de obras al término de las cuales se iniciaría el pago
de una fracción del PAO. Así se estableció lo siguiente:
• La primera etapa tendría un plazo de ejecución máximo de 12 meses desde el inicio
de obras, al término de los cuales el concesionario obtendría el derecho de cobro del
29% del PAO.
• La segunda etapa tendría un plazo de ejecución máximo de 30 meses desde el inicio
de obras, al término de los cuales el concesionario obtendría el derecho de cobro del
38% del PAO.
• La tercera etapa tendría un plazo de ejecución máximo de 48 meses desde el inicio de
obras, al término de los cuales el concesionario obtendría el derecho de cobro del 33%
del PAO.
PROPORCIÓN DEL PAO POR ETAPAS
Etapas
Tramo II
Tramo III
Tramo IV
IIRSA
NORTE
Primera
29%
29%
29%
70.64%
Segunda
38%
38%
38%
29.36%
Tercera
33%
33%
33%
0
Fuente: Contratos y adendas aprobadas
- Una tercera característica importante fue el plazo máximo al cual se podría lograr el
financiamiento. En dicho sentido, resultaba necesario que la obligación de pago del
PAO calzara con el plazo esperado de financiamiento. Así, el contrato definió la
obligación de pago del PAO durante un plazo de vigencia de 15 años.
El contrato de concesión otorga una serie de derechos y obligaciones que asume el
concesionario. Entre los principales derechos otorgados está el cobro del PAO y el
PAMO como contraprestación por las obligaciones de construcción, operación y
conservación asumidas. Estas obligaciones están respaldadas por una Garantía de Fiel
Cumplimiento de Construcción de Obras y una Garantía de Fiel Cumplimiento de
Contrato de Concesión.
La primera garantiza la correcta ejecución de las obras, incluyendo el pago de las
cláusulas penales y demás sanciones y otras obligaciones, mientras la segunda está
destinada a garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a cargo
del concesionario, incluidas las de explotación, conservación y mantenimiento.
De acuerdo con lo señalado en las adendas de cada uno de los contratos de concesión,
el monto total de inversión para estos tres tramos fue aumentando durante la
construcción. De esta forma, la inversión vinculada al PAO contractual no fue alterada.
Sin embargo, fueron incorporados periodos transitorios y periodos finales para cada
tramo
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