INFORME FINAL DE LA COMISIÓN INVESTIGADORA ENCARGADA DE INVESTIGAR EL PAGO DE PRESUNTAS COIMAS A
FUNCIONARIOS PERUANOS POR PARTE DE LAS EMPRESAS BRASILEÑAS ODEBRECHT, CAMARGO CORREA, OAS,
ANDRADE GUTIÉRREZ, QUEIROZ GALVAO Y OTRAS, DESDE EL INICIO DE SUS ACTIVIDADES HASTA LA FECHA, POR
CUALQUIER FORMA DE CONTRATO CON EL ESTADO PERUANO.
Ejecución de IIRSA SUR e IRSA NORTE en el presente ejercicio presupuestal
(2016)
Según la información obtenida del Portal Transparencia Económica del Ministerio de
Economía y Finanzas – MEF (mayo de 2016), se verifica que para el periodo 2016 se
asignó un PIA de S/. 627´646,663.00, equivalente a US$ 183´898,817.00 (T.C.
promedio mensual de la SBS) para el Pago Anual por Obras (PAO) para los Tramos 2,
3 y 4 de IIRSA – Sur e IIRSA – NORTE. En lo que va del periodo 2016, esto es mayo
del presente, en los cuatro tramos se ha ejecutado un importe de US$ 92´248,386,
conforme podemos ver en el cuadro que a continuación reproducimos.
Sector 36: TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Actividad/Acción de Inversión/Obra 6000020: PAGO ANUAL POR OBRAS - PAO
Ejecución
Meta
00002-1078: PAO IIRSA
NORTE
PIA
PIM
Certificación
Compromiso
Anual
Atención de
Compromiso Devengado
Mensual
Girado
Avance
%
126,965,292
126,965,292
126,965,292
126,965,292
64,465,349
64,465,349
64,465,349
50.8
151,295,840
151,295,840
151,295,840
151,295,840
76,818,940
76,818,940
76,818,940
50.8
196,053,448
196,053,448
196,053,448
196,053,448
99,544,165
99,544,165
99,544,165
50.8
153,332,083
153,332,083
153,332,083
153,332,083
77,852,822
77,852,822
77,852,822
50.8
627,646,663
318,681,276
318,681,276
318,681,276
92,248,386
92,248,386
92,248,386
Cantidad: 1.0
Unidad de Medida: CUOTA
Avance Físico: 0 (0.0 %)
00004-1078: PAO IIRSA SUR
TRAMO 2
Cantidad: 1.0
Unidad de Medida: CUOTA
Avance Físico: 0 (0.0 %)
00005-1078: PAO IIRSA SUR
TRAMO 3
Cantidad: 1.0
Unidad de Medida: CUOTA
Avance Físico: 0 (0.0 %)
00006-1078: PAO IIRSA SUR
TRAMO 4
Cantidad: 1.0
Unidad de Medida: CUOTA
Avance Físico: 0 (0.0 %)
TOTALES S/.
627,646,663
US$ (T.C. Promedio mensual) 183,898,817
627,646,663
183,898,817
627,646,663
183,898,817
183,898,817
Fuente: Transparencia Económica del Ministerio de Economía y Finanzas
1.18. CONCLUSIONES:
- La emisión del Decreto Supremo N° 022-2005-EF, de fecha 09 de febrero de 2005,
permitió exceptuar al ―Proyecto Corredor Vial Interoceánico Perú-Brasil-IIRSA-SUR‖ de
la exigencia de realizar previamente los estudios definitivos establecidos en el SNIP a
pesar que contaba con estudios de prefactibilidad y factibilidad aprobados mediante el
Informe Técnico N° 355-2003-MTC/09.02 del 11 de junio del 2003 y el de Factibilidad
realizado por ALPHA CONSULT concluido en noviembre del 2004 y aprobado mediante
Resolución Directoral N° 828-2004-MTC/20 de fecha 25 de noviembre del 2004. Esa
exoneración generó un grave perjuicio económico conforme lo reconoce la propia ex
ministra Verónica Zavala, conforme lo hemos señalado en el texto. En esta decisión
intervinieron el ex Presidente Constitucional de la República Alejandro Toledo Manrique,
Javier Sota Nadal, quien desempeñó funciones desde el 16 de febrero de 2004 al 28
de julio de 2006 como ministro de Educación, encargado de la Cartera de Economía y
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