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Se verificó que las empresas subsidiarias Wiese Inversiones Financieras S.A. y
Wiese Financial Corporation, además de otras empresas vinculadas al Grupo
Wiese, mantenían operaciones de crédito en condiciones más ventajosas que las
que concedían a la clientela del Banco, tanto en el plazo como en las tasas de
interés pactadas, lo cual infringió el artículo legal de la referencia.
-
La Jefa de la Oficina de Auditoría Interna, también ejercía la Jefatura de la División
de Control de Créditos del banco, de acuerdo al nombramiento realizado por la
Gerencia General. Al respecto la SBS, mediante oficio N° 811-99 de fecha 29 de
enero de 1999, manifestó que encontraba incompatible realizar ambas funciones,
por lo que requería adoptar las acciones necesarias para cubrir la Jefatura de
Auditoría Interna. Hasta la fecha de terminada esta inspección el Banco no había
cumplido con regularizar esta situación, no obstante lo dispuesto en el referido
oficio.
5.En base a la información proporcionada a esta Comisión por la SBS, se puede
establecer que la SBS, mediante Resoluciones N°s SBS 651-96, SBS Nº 239-98, SBS Nº
1266-98 y SBS Nº, 0266-99, impuso 4 sanciones al Banco Wiese por haber otorgado
créditos en exceso a los límites legales establecidos; asimismo en la Resolución SBS Nº,
0266-99, se impuso al señor Víctor Miró Quesada Gatjens en su calidad de Gerente
General una amonestación por incumplimientos reiterados.
De otro lado, entre los créditos en exceso a los límites legales otorgados señalados en las
Resoluciones N°s 1266-98 y 0266-99, figuran créditos otorgados a los Grupos Económicos
vinculados a la familia Wiese. Al respecto, se debe señalar que de conformidad con lo
establecido en el artículo 244° del Código Penal, el Director, Gerente, Administrador,
representante legal o funcionario de una institución bancaria, financiera u otra que opere
con fondos del público, que directa o indirectamente apruebe créditos u otros
financiamientos por encima de los límites legales en favor de personas vinculadas a
accionistas de la propia institución, será reprimido con pena privativa de libertad no menor
de cuatro ni mayor de diez años y con trescientos sesenticinco días-multa, si como
consecuencia de ello la institución incurre en situación de insolvencia. Asimismo, serán
reprimidos con la misma pena los beneficiarios del crédito que hayan participado en el
delito.
Cabe precisar que el Banco Wiese al 3 de junio de 1999, fecha en la cual se presenta
valorización del Grupo Wiese, se encontraba técnicamente en insolvencia, ya que tenía
patrimonio negativo. En tal sentido esta Comisión solicitó a la SBS que informe si en su
momento inició alguna investigación al respecto, sin embargo a la fecha la SBS no ha
cumplido con tal requerimiento.
6.De acuerdo a las declaraciones e información recibido por esta Comisión, se pude
resumir de la siguiente manera los antecedentes a la emisión del Decreto de Urgencia
034-99 que salvó al Banco Wiese Ltdo. y apoyó el proceso de integración entre los
Bancos Wiese Ltdo. y Banco Lima Sudameris:
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El Grupo Wiese, como accionista mayoritario del Banco Wiese Ltdo., entre finales
de 1997 y comienzos de 1998, empezó a evaluar la conveniencia de conseguir un
socio estratégico.
En el mes de mayo de 1998, el Grupo Wiese contrata al Banco de Inversión J.P.
Morgan para que evalúe la factibilidad de conseguir un socio, pero de forma que
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