también lo ha dicho. Entonces, ¿qué pasa ahí? O sea, porque ustedes comprenderán va a resultar difícil en el momento que tengamos que explicarle al público: mira, así. Y cualquier ciudadano del Perú, dice: pero, cómo, si yo cuando he ido a pedir un crédito al banco, a mí me han pedido esto, esto. Y tenían que estar las hipotecas o las prendas en Registros Públicos. Eso es lo que sabe. ¿Y con documentos en trámite hoy día mismo la Superintendencia aceptaría que se haga un crédito? El señor MOGROVEJO.— Lo que pasa es que la Ley de Banca ni ninguna regla obliga a que los créditos tengan garantía. O sea, no es falta que el crédito no tenga garantía; la ley señala que el crédito tiene que darse tomando en consideración el flujo de caja del deudor, es decir, la capacidad de pago del deudor. Ése es un artículo que está en la ley, donde se señala que lo que se tiene que ver es la capacidad de pago del deudor. Entonces, no es una falta. Tanto es así que en la tabla de provisiones se tiene una tabla para la aprobación del crédito con garantía y para aprobación que no tiene garantía, y podría ser que el crédito tenga 100% de no garantía, o sea es posible, no es una falta. Lo que sí es incorrecto es que se diga que el crédito tiene garantía y que uno va y no lo encuentra. Eso es otra cosa y más aún si es vinculado. El señor PRESIDENTE.— ¿Solamente las autoridades del banco son responsables de las garantías que ofrecen los clientes para los créditos? ¿O hay algún funcionario de la Superintendencia que tiene que ver con esto? El señor MOGROVEJO.— El tema de garantías se ve y muestralmente y en los casos de los créditos, eso lo pueden preguntar a los jefes de Visita con más detalle, porque estoy hablando como intendente de lejos, porque ese es un tema de campo, cuando se hace visita. Y acá sí puedo reconocer que hay una limitación. De la experiencia que tenemos en estos últimos años en bancos que han quebrado, como el Banex, Nuevo Mundo, lo que vemos es que de repente convendría que de parte de la Superintendencia hubiese algunos miembros en el equipo de visita que pudiesen valuar las garantías y hacer un análisis más profundo de la formalización de éstas. Porque no olvide que nuestros inspectores son inspectores que califican el crédito, o sea, trabajan con la información financiera y opinan si el deudor es normal, deficiente, dudoso, pérdida, como sea. Porque esa labor de garantías a veces es de peritos. Y como le decía, en el caso de las garantías de Gremco, que le mencioné, contratamos a un perito que nos valuó esos terrenos que estaban en La Chira y La Herradura; en el caso del fundo Margarita mandamos un perito experto en terrenos agrícolas a Ica. O sea, acá sí lo puedo aceptar, digamos, como una limitación nuestra que de repente convendría que en las revisiones que se hacen de los créditos hubiera funcionarios o inspectores especializados, que no tenemos, para ver el tema de garantías. Pero lo que sí se hacía, y los jefes de Visita le pueden dar fe de esto, era muestralmente en algunos casos verificar que la garantía estuviese constituida, por decir que la hipoteca existiese; pero no valuarla, de repente es una garantía sobre un predio que no vale ni la quinta parte de lo que dice, pero verificó que existía. Y más aún, que después el banco podría levantar esa hipoteca, no podemos saberlo. (12) El señor PRESIDENTE.— Pero eso es lo que ha pasado. -40-

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