relación a las necesidades, pues entonces la verificación de documentos es una
óptica tan ligera que puede pasarse gato por liebre sin mayor dificultad.
5. La ley de 1992 que rige hasta el día de hoy incluye algunas modificaciones
menos cuestionables y que orientan una institución en un sentido compartido por
entidades similares en otros países del mundo. Así se encuentra que la concesión
de la 2da. Instancia al Poder Judicial parece una buena idea. Asimismo, se evalúa
positivamente la ausencia de una policía adscrita a la institución por haberse
constatado en el Perú la costumbre de emplear el canal policial para socavar la
autonomía profesional de las instituciones.
6. Es importante indicar que durante los noventa, la orientación de la Contraloría
consistió en tejer un manto encubridor de las actividades corruptas desarrolladas
por el Poder Ejecutivo. Asimismo, la Contraloría concentró sus acciones en
supervisar estrechamente el reducido gasto público ejecutado por las
municipalidades y las organizaciones del vaso de leche, en las cuales la oposición
tenía amplia representación. Esta orientación política le dio un doble rol a la
Contraloría, la responsabilidad de conferirle legalidad a las irregularidades y
también la de ser arma política contra los rivales de la dictadura corrupta.
Así, se encuentra que la principal irregularidad detectada durante la gestión de
Víctor Caso Lay en la CGR es la OMISIÓN E INACCIÓN frente a los grandes
procesos económicos como las adquisiciones militares y las privatizaciones.
En el caso de las adquisiciones del Sector Defensa, estas fueron muy elevadas
durante la década fujimorista y pasaron inadvertidas para la CGR, no obstante
existía la base legal para realizar el control (Artículo 19 de la Ley de Control N°
26162). El carácter de secreto expresamente significaba que la CGR debía
intervenir porque el trámite era secreto para todos, salvo para la CGR, que por lo
tanto quedaba en la obligación de dar opinión previa. En el mismo sentido, no se
realizaron acciones de control en el rubro de privatizaciones , las actividades de
control efectuadas en la COPRI y en las diversas CEPRIS apenas alcanzaron el
1% del total. Por si fuera poco, los exámenes fueron sumamente ligeros basados
en hojas informativas y no en acciones de control de mayor nivel.
7. Otra de las características de la CGR durante la gestión de Víctor Caso Lay fue
la no aprobación del Plan Anual de Control o Plan Operativo Institucional (POI) y
Norma de Auditoria Gubernamental (NAGU). De acuerdo al artículo 9 del Decreto
Ley N° 26162 de la Ley del Sistema Nacional de Control. “Las entidades públicas
están obligadas a elaborar una Plan Anual” y en la CGR cada unidad orgánica de
línea debía planificar anualmente sus acciones. Sin embargo, no sucedió así, de
los 7 años de gestión de Caso Lay, solo se aprobaron dos planes, trabajando el
resto de años sin un plan establecido. Además, en cuanto a la organización de la
CGR, ésta sufrió cambios constantes, sin niveles jerárquicos y con la consiguiente
concentración del poder en manos del contralor.
8. Por los factores ya indicados, tales como cambios constantes en la
organización, concentración del poder y retrasos tecnológicos, la CGR contrajo
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