Comisión de Delitos Económicos y Financieros 1990-2001 Área de Bancos 3-jul-02 CIA MINERA SANTO TORIBIO S.A. La Comisión Administradora de Carteras, en su sesion No 41 de fecha 06.08.97, acordó vender el crédito correspondiente a esta empresa mediante el sistema de cartas de invitación a las entidades del sector bancario. El saldo adeudado al Banco Minero del Perú en liquidación al 31-07.97 ascendía a US$ 4 254 342.62, de los cuales US$ 1 454 000.00 por Principal y US$ 2 800 342.62 por interéses. En el resumen ejecutivo alcanzado a los bancos se indica que las garantías estaban constituidas por 13 concesiónes mineras y 31 denuncios mineros, cuyo valor se indica que seria de U$ 1 627 219, reconocido por el INDECOPI. En las cartas de invitación cursadas ( 10 ) a los bancos ni en el Resumen Ejecutivo adjunto se indica el Precio Base del crédito en venta. Tampoco existiría valorización del mencionado crédito ni de las garantías correspondientes. El acto de la apertura de sobres tuvo lugar el 22.08.97 presentándose como único postor el Banco Wiese, cuya oferta de pago al contado ascendió a US$ 1 650 000.00 Las irregularidades consisten en no haber valorizado el crédito ni las garantías correspondientes, así como no haber fijado un precio base para la venta. CONSORCIO ENERGETICO HUANCAVELICA S.A. CONEHUA mediante documento de Transacción y Convenio de pagos suscrito con el Banco Minero del Perú, reconoce adeudar al 15.03.91 a dicho banco la suma de US$ 3 151 836.82 financiamiento otorgado con recursos del BID. Mediante Acuerdo Técnico Bancario del 26.03.91 el Banco Minero del Perú reconoció deber al Chase Manhattan Bank la cantidad de US$ 2 000 000.00 provenientes del contrato suscrito el 31.05.83. Mediante Acuerdo Técnico Bancario del 20.03.92 el Banco Industrial del Perú reconoció deber al CHASE la suma de US$ 1 191 463.04 provenientes del contrato del 31.05.83. Por Acuerdo de Liberación de Obligaciones suscrito el 06.02.96 entre el CHASE y los Bancos Minero e Industrial en liquidación representados por la Comisión Administradora de Carteras, con intervención de Consorcio Energético Huancavelica S.A. y Cia Minera Colquirrumi S.A., se acordó que en pago de las obligaciones reconocidas conforme se ha indicado, el Minero cediese en favor del CHASE las deudas contraídas por sus prestatarias Consorcio Energético Huancavelica S.A. y Cia Minera Colquirrumi S.A. La liberación de obligaciones o cesion de derechos. Se efectuaría a favor del CHASE en forma parcial y hasta por la suma de US$ 2 968 907.79 del saldo del crédito adeudado al Minero por CONEHUA y hasta por la suma de US$ 222 255.25 al MINERO por Cia Minera Colquirrumi S.A. Los financiamientos otorgados por el CHASE a los bancos minero e industrial en liquidación contaban con la garantia de la República a través del Banco de la Nación.

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