COMISIÓN DE TRANSPORTES – GRUPO DE TRABAJO ENCARGADO DE LA EVALUACIÓN DE LOS PROCESOS DE
CONCESIÓN DE LOS TERMINALES PORTUARIOS DEL CALLAO (MUELLE NORTE) Y PAITA
(…)Podrá ser presentado por
etapas
Objeto, Numeral 2.7, tercer
párrafo, Pg. 28
Debe decir:
En tal sentido, los Servicios a cargo de la SOCIEDAD CONCESIONARIA se prestarán a todo usuario que los solicite bajo los principios de libre competencia, no
discriminación e igualdad ante
la Ley, neutralidad, prohibición
de transferencias de precios,
contabilidad separada y libre
elección, preservando la infraestructura del Estado, así como su
capacidad operacional y productiva respecto de entidades
del Estado vinculadas al área de
influencia de la concesión.
SECCIÓN VI: DE LAS OBRAS DE LA
INFRAESTRUCTURA PORTUARIA
Aprobación
del
Expediente
Técnico, Pg. 50, Numeral 6.3,
primer párrafo.
Debe decir:
A fin de compatibilizar el Expediente Técnico con las actividades operacionales y/o productivas del sector naval estratégico,
colindante o cercana, la SOCIEDAD CONCESIONARIA coordinará previamente con el Ministerio de Defensa – Marina de Guerra del Perú la elaboración y alcances del Expediente Técnico,
debiendo de respetar las premisas de seguridad, estrategia y
defensa que pudieran determinarse en la interacción.
Objeto, Numeral 2.7, tercer
párrafo, Pg. 28
DICE :
En tal sentido, los Servicios a cargo
de la SOCIEDAD CONCESIONARIA
se prestarán a todo usuario que
los solicite bajo los principios de libre competencia, no discriminación e igualdad ante la Ley, neutralidad, prohibición de transferencias de precios, contabilidad
separada y libre elección.
SECCIÓN VI: DE LAS OBRAS DE LA
INFRAESTRUCTURA PORTUARIA
Aprobación
del
Expediente
Técnico, Pg. 50, Numeral 6.3,
primer párrafo.
DICE:
La Sociedad Concesionaria, dentro de los ocho meses contados
a partir de la fecha de suscripción
de los contratos deberá presentar
a la APN para su aprobación, por
lo menos el expediente técnico
correspondiente a las etapas 1 y 2
a las que se refiere la presente
clausula. El Expediente Técnico de
cada etapa deberá comprender
cuando menos lo dispuesto en el
anexo 6. Asimismo, forma parte integrante del expediente técnico
el plan de conservación de
acuerdo a las condiciones establecidas en las clausulas 7.3 a 7.7
INFORME FINAL - Junio 2012---- 71
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