COMISIÓN DE TRANSPORTES – GRUPO DE TRABAJO ENCARGADO DE LA EVALUACIÓN DE LOS PROCESOS DE
CONCESIÓN DE LOS TERMINALES PORTUARIOS DEL CALLAO (MUELLE NORTE) Y PAITA
El 02.07.2010, mediante Oficio N° 628-2010-APN/GG, la APN remitió a
PROINVERSION el Proyecto referencial del Proyecto “Modernización del
Terminal Norte Multipropósito en el Terminal Portuario del Callao”, el mismo que fue aprobado por el Directorio de la APN mediante acuerdo N°
852-184-02/07/2010/D. En sesión del 07.07.2010, el Consejo Directivo de
PROINVERSION acordó, aprobar el Plan de Promoción de la Inversión Privada.
El 31.03.2011 se realizó la presentación de sobres N° 2 y 3 (propuestas
técnicas y económicas), recibiendo propuestas de dos postores precalificados.
El 01.04.2011 se adjudicó la buena pro al Consorcio APM Terminals Callao
y el 11.05.2011 se suscribió el contrato de Concesión entre el Estado del
Perú y APM Terminal Callao; así como el contrato de Asociación en Participación entre APM Terminals Callao y ENAPU S.A.
A. Primera Etapa: “Declarar Al Terminal Norte Multipropósito Del Callao
Como Proyecto De Necesidad Nacional”. Decreto De Urgencia N° 0392010, Decreto De Urgencia N° 001-2011 y Decreto De Urgencia N° 0022011.
En esta etapa el Terminal Norte Multipropósito del Callao fue declarado
como proyecto de necesidad nacional con el Decreto de Urgencia N°
039-2010.
Posteriormente a través de los Decretos de Urgencia N° 001-2011 y Decreto de Urgencia N° 002-2011 se dictaron disposiciones extraordinarias a ser
aplicadas durante el año 2011, para facilitar la promoción de la inversión
privada en determinados proyectos de inversión, asociaciones publicas
privadas y concesión de obras publicas de infraestructura y de servicios
públicos, por parte del Gobierno Nacional.
B. Segunda Etapa: Inicio del Proceso de Concesión Del Terminal Norte Multipropósito del Callao como Acto Administrativo Hasta la adjudicación
de la buena pro y firma del contrato.
El Art. 3 del Reglamento del Decreto Supremo Nº 060-96-PCM, Reglamento del Texto Único Ordenado de las Normas con Rango de Ley que regulan la entrega en concesión al Sector Privado de las Obras Públicas de Infraestructuras y de Servicios Públicos, ESTABLECE QUE LA CONCESIÓN ES
UN ACTO ADMINISTRATIVO.
INFORME FINAL - Junio 2012---- 53
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