El señor MUR CAMPOVERDE.— Le explico, la sindicación es un acuerdo que toman
accionistas para votar en un determinado sentido o para disponer de sus acciones de manera
conjunta, okay.
Pero cuando ese contrato es incumplido se resuelven daños y perjuicios entre los accionistas, no
genera ningún gravamen real.
El señor PRESIDENTE.— Perdón, un momentito.
El Artículo N.º 101 de la Ley General de Sociedades establece las limitaciones y prohibiciones
aplicables a las acciones, ese artículo dice: “las limitaciones a las transferencia o al gravamen o a
la afectación de acciones no pueden significar la prohibición absoluta de transferir, gravar o
afectar”.
El señor MUR CAMPOVERDE.— Claro.
El señor PRESIDENTE.— Luego dice: “las limitaciones a la libre transmitibilidad de las
acciones son de observancia obligatoria —es decir, establece una excepción a lo anterior— para
la sociedad, cuando estén contempladas en el pacto social, en el estatuto o se originen en
convenios entre accionistas o entre accionistas y terceros que han sido notificados a la sociedad”.
¿Eso no es una sindicación?
¿Una sindicación no es un convenio entre accionistas y eso no está expresamente prohibido por
lo tanto para la libre trasmitibilidad de acciones fuera del convenio cuando se ha producido la
sindicación?
El señor MUR CAMPOVERDE.— O sea no, usted no le puede imponer ninguna limitación a
su derecho transferido.
El señor PRESIDENTE.— Según esta ley sí, porque dice que hay una limitación a la libre
trasmitibilidad de las acciones que son de observancia obligatoria para la sociedad.
El señor MUR CAMPOVERDE.— Sí, pero esta sindicación no origina ninguna limitación a la
libre trasmitibilidad.
El señor PRESIDENTE.— Usted quiere decir que no es un convenio entre accionistas y cuando
firman una orden irrevocable de venta, entonces tampoco están obligados.
El señor MUR CAMPOVERDE.— No, están ejerciendo su derecho.
El señor PRESIDENTE.— Y cuando se sindican.
El señor MUR CAMPOVERDE.— Si ese contrato, ese contrato que se llama porque es un
encargo de confianza.
El señor PRESIDENTE.— Sí.
El señor MUR CAMPOVERDE.— Se incumple, se resuelven daños y perjuicios.
El señor PRESIDENTE.— Correcto.
El señor MUR CAMPOVERDE.— Pero nadie puede perseguir la acción.
El señor PRESIDENTE.�� ¿Pero porque es obligatoria una orden irrevocable de venta y no es
obligatorio un compromiso de sindicación?
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