Estado, se concertaron dolosamente con los postores ganadores para defraudar al Estado ya que
modificaron las condiciones que estipulaba el contrato previsto en las bases, incorporaron que el
Estado respondería por cualquier obligación o contingencia que pudiera aparecer de cargo de
Aeroperú y que no esté registrado en los estados financieros a la fecha de cierre”.
Ese es un acto de absoluta irresponsabilidad, porque luego de determinarse la fecha de cierre lo
que hizo el Estado es asumir cualquier contingencia que sobreviniera en los próximos años.
Es decir, los juicios con los trabajadores, las acotaciones de la Sunat y todo ese tipo de
contingencias que luego se resolvieran y que el Estado no iba a poder cautelar porque ya no iba a
tener la función de titular de las acciones; se hicieron que se asumiera por el Estado, lo cual
significó que luego del ajuste final de precios se diera una devolución al consorcio mexicano de
un millón 545 mil dólares y un importe no cobrado ascendente a un millón 563 mil dólares
agraviando al erario nacional en la suma de 3 millones 109 mil 415 dólares.
El señor PRESIDENTE.— ¿(Ininteligible) se devolvió a la empresa mexicana?
El señor CASTRO.— Exacto, se devolvió un millón 545 mil dólares luego del ajuste de
precios, luego del ajuste de precios se le devolvió ese monto y se dejó de cobrar un millón 563
mil 763 en función de las contingencias que aparecieron luego del contrato de venta de acciones
que habían asumido irresponsablemente los señores Javier Acosta Sánchez y César Morgan
Alcalde.
Después de esto se llegan a las conclusiones que están en la página 29 de 72. En estas
conclusiones me gustaría leer la parte que corresponde al doctor Roberto Abusada Salah que
participó como integrante de Aerovías México, Serminco, Dora Amelia Zapata de Papini tanto
en la primera subasta que fue declarada desierta como en la segunda subasta.
“El doctor Abusada ha afirmado ante nuestra Comisión que en ningún momento participó de la
segunda subasta en donde sus asociados obtuvieron la buena pro; sin embargo, se verifica en los
documentos mencionados en la parte correspondiente de la presente denuncia que su
participación como postor asociado se produjo a partir del 6 de enero hasta el 13 de enero de
1993, fecha en la que comunica a través de su representante que al haber sido designado como
asesor del Ministro de Economía y miembro de la COPRI, Jorge Camet Dickman, se retiraba
como postor.
No cabe duda que el doctor Abusada en su condición de asesor del Ministro de Economía
accedió a un cargo decisorio en los procesos de privatización y en las decisiones del MEF, que
era el que expedía o gestionaba las normas económicas necesarias al proceso de privatización de
Aeroperú.
Tampoco cabe duda que la asociación postora que él había integrado hasta solo 3 días antes de
otorgarse la buena pro fue beneficiado mediante el otorgamiento de plazos adicionales no
previstos en las bases para recomponer su participación que además había sido designado como
irrevocable en el compromiso y en la conformación que ellos firmaron, no obstante que solo por
el hecho de haberse incumplido con el compromiso de irrevocabilidad de asociación, la
asociación que él integraba debía haber sido excluida del proceso de licitación”.
Entonces, existe claro concierto de voluntades para otorgar la buena pro al consorcio mexicano.
Y en el punto 10, que es el hecho ilícito más relevante de esta primera etapa de análisis de la
presente denuncia, lo constituye la modificación del contrato establecido en las bases por parte
de los denunciados Javier Acosta Sánchez y César Morgan Alcalde, quienes dolosamente se
concertaron con los postores ganadores para defraudar al Estado al introducir en la cláusula
séptima del contrato de transferencia de acciones al Estado.
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