HUMBERTO MORALEZ RAMÍREZ El informe final antes señalado, menciona las siguientes conclusiones: Conclusiones Conclusiones sobre la Planta de tratamiento de Huachipa8 a) El material incautado a los directivos de la firma Camargo Correa en el año 2009, nos da a conocer que diversos funcionarios relacionados al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y Sedapal, habrían recibido presuntos pagos ilícitos, dentro de los que se incluyen los provenientes de la construcción de los Lotes 1, 2 y 3 de la Bocatoma Planta de Tratamiento de Agua Potable Huachipa y Ramal Norte. Entre ellos se menciona a la persona de Umberto Olcese Ugarte. b) En ella se nombra al señor Umberto Olcese Ugarte, quien formó parte de la Comisión para la recepción y evaluación de propuestas, y existe la evidencia que ha realizado una transferencia a través del Banco de Crédito del Perú con fecha 17/02/2012 por US $ 409,000. 00, (Cuatrocientos nueve mil y 00/100 dólares americanos) al Atlantic Security Bank de George Town – Islas Cayman a su nombre. Según información obtenida, el señor Olcese Ugarte declaró que los fondos provenían de la venta de un inmueble ubicado en la Calle Arróspide Loyola N°009 Urbanización del Fundo Orrantia, distrito de San Isidro, cuya propiedad corresponde a su cuñado Guillermo Leonardo Bruce Castillo. Según información extraída de la Sunarp, este inmueble se encuentra a la fecha inscrita en la Partida Electrónica N° 07003362 de los Registro Públicos de Lima a nombre de Guillermo Leonardo Bruce Castillo. Sin embargo, existe una demanda presentada por la señora Nora Bruce Castillo sobre nulidad de acto jurídico por la venta del inmueble propiedad del señor Guillermo Leonardo Bruce Castillo, lo cual permitiría concluir 8 Ídem, pág. 165 - 166 16

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