V. IMPEDIR EL INGRESO O REINGRESO A LA FUNCiÓN PÚBLICA DE LAS PERSONAS CONDENADAS POR CORRUPCiÓN, NARCOTRÁFICO Y LAVADO DE ACTIVOS 18. Impedir el ingreso o reingreso a la función pública -por cualquier modalidad, incluidos puestos de confianza- a las personas que sean condenadas por corrupción, narcotráfico y lavado de activos, aun cuando hayan cumplido la pena. 19. Destituir de la función pública a las personas que sean condenadas por corrupción, narcotráfico y lavado de activos. Estas medidas deben alcanzar al Poder Ejecutivo, Congreso de la República , Poder Judicial, organismos constitucionales autónomos, gobiemos regionales y locales. VI. TRANSPARENTAR EL SISTEMA DE CONTRATACIONES DEL ESTADO Los ciudadanos esperan que los contratos que celebra el Estado sean realmente transparentes y respondan al interés público, brindando servicios de calidad. Esta Comisión propone lo siguiente: 20. Modernizar y rediseñar integralmente la página web del Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE), de manera que garantice que cualquier ciudadano pueda acceder fácilmente a los documentos de cualquier proceso de contratación, incluyendo las adjudicaciones de menor cuantía, valiéndose de un solo indicador de búsqueda. La documentación deberá ser publicada en la página web del SEACE dentro del plazo de 24 horas después de haberse generado. Debe designarse a los responsables en cada entidad de enviar y publicar esta información y establecerse las sanciones correspondientes en caso de incumplimiento. La información cargada en la página web del SEACE debe corresponder a todos los documentos vincu lados al proceso de selección, desde su inicio hasta su conclusión, incluyendo aquellos documentos vinculados a la etapa de ejecución contractual (adendas, aprobaciones de adicionales de obra, laudos, sentencias judiciales, entre otros). 21. Establecer que el Organismo de Supervisión de las Contrataciones del Estado (OSCE) verifique la veracidad de la información consignada por las personas naturales y jurídicas que figuren en el Registro Nacional de Proveedores. 22. Disponer que el Registro Nacional de Proveedores incluya información desagregada de las contrataciones de bienes, servicios y obras que el proveedor haya realizado con el Estado en los últimos cinco años, así como las del año corriente. 23. Establecer que el OSCE publique anualmente en su pág ina web, en formato accesible, los datos agregados por tipos de procesos (adjudicaciones de menor cuantía , subastas inversas, convenios marco, entre otros) y cantidades que ejecuta cada entidad en materia de contrataciones de bienes, servicios y obras públicas. 10

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