4. Ejecutar gastos que no se encuentren previstos o se encuentren prohibidos en los convenios, los acuerdos o los documentos similares que sustenten la intervención. 5. La variación en la ejecución de actividades o el uso de recursos respecto a lo inicialmente programado, sin los documentos de modificación que sustenten dichos cambios. 6. Destinar lugares o distintas proyecto 35 los bienes donados a poblaciones beneficiarias a los definidos en el sin los documentos de El Dictamen señala como faltas muy graves, la ejecución de gastos no previstos inicialmente o la variación de actividades respecto de lo inicialmente programado. Esta disposición no recogería la experiencia de trabajo de las OSC, que en el desarrollo de los proyectos y actividades realizan permanentemente ajustes para lograr un impacto real.

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