9. Presentar información falsa o documentación adulterada en un procedimiento de supervisión o fiscalización. 10. El uso prohibido, no autorizado o ilícito de facilidades, exoneraciones, inafectaciones, inmunidades o privilegios específicos concedidos por ley o reglamento, cuando los mismos se hayan conseguido por actividades vinculados a la cooperación técnica internacional o a las donaciones. 11. Financiar o destinar los recursos de la cooperación técnica internacional o de las donaciones provenientes del exterior hacia actividades que hayan sido declaradas administrativamente o judicialmente como actos que afectan el orden público, la 37 El Dictamen establece como una infracción muy grave – y que se sancionará directamente con la cancelación de la inscripción y registro – así como que deberá ser denunciada ante el Ministerio Público, destinar los recursos a actividades que atenten contra el “orden público, propiedad pública o privada, seguridad ciudadana, defensa nacional o el orden interno”. En el texto, se establece que una autoridad administrativa podrá definir qué acciones son contrarias a esos bienes jurídicos. Esta disposición plantea un riesgo para las organizaciones, pues deja a la discrecionalidad, criterios y arbitrariedad de un funcionario administrativo la determinación de la infracción.

Select target paragraph3

Connect to a paragraph
Connect to an entity
Disable highlights
Add to table of contents