Q/fümMÍe/yw- '^áá/fco- (^^óca¿¿a <¿e ¿a buscando justificar esta irregular decisión, emitiendo el Informe Técnico Económico Compra de Biodiesel BlOO Nacional N.° GSUM-4364-2021, en cuyo contenido no se habría hecho ningún tipo de análisis al respecto; ¡v) Heaven Petroleum Operators S.A habría presentado su Formato Propuesta Económica 23.10.2021, a las 16:46 horas, a pesar que el plazo de presentación vencía a las 16:00 horas; y, v) en el acto de recepción de propuestas, no habría participado Notario Público, a pesar que así lo exigía el Manual de Procedimientos de Petroperú, Código PROAl-134. Pese a estas irregularidades tan notorias se habría adjudicado la buena pro del proceso de adquisición de Competencia COM-012-2021GDCH/PETROPERÚ a la empresa Heaven Petroleum Operators S.A. 4.4.1.1.7. Posteriormente, se habría emitido el Memorando N.° GDCH-1604-2021, solicitando al Gerente Legal de Petroperú, revisar y visar los Contratos N.° 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22 y 23-202-GDCH/PErROPERÚ. Siendo el caso que, horas más tarde. Abusada Sumar se habría apersonado a la oficina del Gerente Legal Jorge Mendoza Meléndez, exigiendo su atención inmediata, alegando que esto era por orden del Gerente General Hugo Ángel Chávez Arévalo, emitiéndose el respectivo informe legal, lo que permitió la celebración de los Contratos N.° 16, 17, 18, 19, 20, 21, 21, 22 y 23-2021-GDCH/PETROPERÚ, derivados del Proceso por Competencia N.° COM-012-2021GDCH/PETROPERÚ, los cuales fueron suscritos por Petroperú S.A., representado en ese acto por el Gerente QHSSE Juan Del Carmen Gallarday Pretto; y, Carlos Alberto Siles Chehade, en representación de la empresa Heaven Petroleum Operators S.A. Seguidamente, Roger Daniel Liy Lion remitió con el Memorando N.° GDCH-1608-2021 a la Gerencia Departamento Contratos y Asuntos Administrativos, los referidos contratos para su custodia; y, con el Memorando N.° GDCH-1609-2021, dirigido a la Gerencia Departamento de Distribución, a cargo de Gunther Documet Celis, señalando que la ejecución y administración de los contratos serían responsabilidad de su oficina, por cuanto su responsabilidad concluyó con la suscripción y remisión de los mismos. 4.4.1.1.8. El 05 de enero de 2022, se habría declarado la nulidad del aludido contrato, por lo que se habría convocado un nuevo proceso de adquisición de Biodiesel BlOO, a través del Proceso de Competencias N.° COM-013-2021-GDCH/PETROPERÚ, habiéndose adjudicado nuevamente la buena pro a la empresa Heaven Petroleum Operators S.A. Sin embargo, en dicho proceso también los funcionarios de dicha Página 95 de 375

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