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buscando justificar esta irregular decisión, emitiendo
el Informe Técnico Económico Compra de Biodiesel
BlOO Nacional N.° GSUM-4364-2021, en cuyo
contenido no se habría hecho ningún tipo de análisis
al respecto; ¡v) Heaven Petroleum Operators S.A
habría presentado su Formato Propuesta Económica
23.10.2021, a las 16:46 horas, a pesar que el plazo
de presentación vencía a las 16:00 horas; y, v) en el
acto de recepción de propuestas, no habría
participado Notario Público, a pesar que así lo exigía
el Manual de Procedimientos de Petroperú, Código
PROAl-134. Pese a estas irregularidades tan notorias
se habría adjudicado la buena pro del proceso de
adquisición de Competencia COM-012-2021GDCH/PETROPERÚ a la empresa Heaven Petroleum
Operators S.A.
4.4.1.1.7. Posteriormente, se habría emitido el Memorando N.°
GDCH-1604-2021, solicitando al Gerente Legal de
Petroperú, revisar y visar los Contratos N.° 16, 17, 18,
19, 20, 21, 22 y 23-202-GDCH/PErROPERÚ. Siendo el
caso que, horas más tarde. Abusada Sumar se habría
apersonado a la oficina del Gerente Legal Jorge
Mendoza Meléndez, exigiendo su atención inmediata,
alegando que esto era por orden del Gerente General
Hugo Ángel Chávez Arévalo, emitiéndose el respectivo
informe legal, lo que permitió la celebración de los
Contratos N.° 16, 17, 18, 19, 20, 21, 21, 22 y
23-2021-GDCH/PETROPERÚ, derivados del Proceso
por
Competencia
N.°
COM-012-2021GDCH/PETROPERÚ, los cuales fueron suscritos por
Petroperú S.A., representado en ese acto por el
Gerente QHSSE Juan Del Carmen Gallarday Pretto; y,
Carlos Alberto Siles Chehade, en representación de
la empresa Heaven Petroleum Operators S.A.
Seguidamente, Roger Daniel Liy Lion remitió con el
Memorando N.° GDCH-1608-2021 a la Gerencia
Departamento Contratos y Asuntos Administrativos,
los referidos contratos para su custodia; y, con el
Memorando N.° GDCH-1609-2021, dirigido a la
Gerencia Departamento de Distribución, a cargo de
Gunther Documet Celis, señalando que la ejecución y
administración de los contratos serían responsabilidad
de su oficina, por cuanto su responsabilidad concluyó
con la suscripción y remisión de los mismos.
4.4.1.1.8. El 05 de enero de 2022, se habría declarado la
nulidad del aludido contrato, por lo que se habría
convocado un nuevo proceso de adquisición de
Biodiesel BlOO, a través del Proceso de Competencias
N.° COM-013-2021-GDCH/PETROPERÚ, habiéndose
adjudicado nuevamente la buena pro a la empresa
Heaven Petroleum Operators S.A. Sin embargo, en
dicho proceso también los funcionarios de dicha
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