organizada, por medio de la Ley N.o 30077, "Ley contra el crimen
organizado", que establece un tratamiento integral (sustantivo, procesal, de
ejecución y de cooperación internacional) que pretende combatir
eficazmente el fenómeno de la criminalidad organizada que ataca la
sociedad, provocando inseguridad, desconfianza y desaliento generalizado
del que viene padeciendo el Perú. El artículo 2° de la citada ley, define,
desarrolla y fija los criterios para determinar su existencia, de la siguiente
manera:
"Para efectos de ¡a presente Ley, se considera organización
crimina! a cuaiquier agrupación de tres o más personas que se
reparten diversas tareas o funciones, cuaiquiera sea su
estructura y ámbito de acción, que con carácter estabie y con ei
tiempo indefinido, se crea, existe o funciona, inequívoca y
directamente, de manera concertada y coordinada con ia
finalidad de cometer uno o más delitos graves señalados en el
artículo 3 de la presente Ley.
La intervención de ios integrantes de una organización crimina!,
personas vincuiadas a eüa o que actúan por encargo de ia misma
puede ser témpora!, ocasiona! o aisiada, debiendo orientarse a la
consecución de los objetivos de ia organización".
4.2.1.1. Enfoque criminológico
El crimen organizado es un fenómeno social, relativamente nuevo
para el estudio de la criminología en Latinoamérica, percibida en
la década de los noventas en el Viejo Continente a través del
terrorismo; aunque en Italia ya se había presentado con mucha
anterioridad, con la presencia de las mafias italianas'*^.
•o,
A pesar de los grandes estudios académicos nacionales e
internacionales para realizar un acercamiento hacia la
comprensión de este fenómeno, sigue siendo escaso el número
de estudios y tratados con los que se puede contar para abordar
la problemática. Incluso, no hay consenso sobre su denominación
y definición. Así, KAZYRYTSKr^ señala que: "en ia iiteratura
criminoiógica continúan ios debates con respecto a ia definición
de ia noción de criminaiidad organizada y de organización
crimina!. Debido a! dinamismo de este fenómeno, que
constantemente se adapta a nuevas condiciones socioeconómicas
y que intenta mantener vínculos con el desarrollo tecnológico,
resuita compiicado ofrecer una definición compieta [...J'.
La globalización'’^ ha permitido la expansión del crimen
organizado a nivel mundial, posibilitando su ingreso a países con
instituciones frágiles y endebles por la precariedad de su
desarrollo y la deficiente técnica legislativa que presentan, en la
‘'2 ANARTE BORRALLO, Enrique (1999). Conjeturas sobre ¡a criminalidad organizada. En: Delincuencia organizada. Aspectos
penales, procesales y criminológicos. (Dir.) Ferré Olive y Anarte Borrallo, Universidad de Huelva, Huelva, p. 51.
KAZYRYTSKI, Leanid (2012). "Criminalidad organizada y bandas juveniles: reflexiones criminológicas sobre la naturaleza
de ambos fenómenos". Revista de Derecho Pena! y Criminología, 3.^ Época, n.° 8 (julio de 2012), p. 321.
La globalización es un fenómeno mucho más reciente que la internacionalización, su impronta inicia a finales del Siglo XX
y se caracteriza por una expansión del capitalismo. Vid. DE LA CRUZ OCHOA, Ramón (2006). Crimen Organizado. Delitos
más frecuentes. Aspectos criminológicos y penales. Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, México D.F., p. 8.
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