ubicaban entre las diez regiones más pobres del país, con niveles críticos de NBI.
Por ello, la expectativa de la población en favor de la obra era muy alta y exigente.
Los temas más importantes del contrato modificados en las adendas se refieren al
financiamiento del proyecto, a la aprobación de las obras, a las variaciones de
metrados y al presupuesto para su culminación. Por ello, se describe brevemente
estos aspectos, a fin de tener un marco de referencia sobre los cambios que
después introdujeron las adendas:
Según los contratos de IIRSA Sur, las concesionarias y el Estado peruano
debían cofinanciar el proyecto. Las concesionarias obtenían a través del sistema
financiero el flujo de capital inicial para la construcción de las obras en cada una
de las tres etapas287; y, el Estado peruano verificaba el avance de las obras en
las condiciones establecidas y efectuaba los desembolsos por medio del “Pago
Anual por Obras” (PAO), del “Pago Anual por Mantenimiento de Obras” (PAMO)
y del “Costo de Transitabilidad”288.
Cuadro N° 4: Secciones y etapas contempladas en cada tramo
Tramo
Sección
Tramos OBRAS DE
2, 3 Y 4 CONSTRUCCIÓN
(SECCIÓN VI del contrato
IIRSA Sur)
Etapa
Primera Etapa: La entrega de las obras según los hitos señalados
en el Anexo XI, se realizarán a más tardar a los doce (12) meses
desde el inicio de la construcción.
Segunda Etapa: A más tardar a los treinta (30) meses desde el
inicio de las obras de la primera etapa.
Tercera Etapa: A más tardar a los cuarenta y ocho (48) meses
desde el inicio de las obras de la primera etapa.
CONSERVACIÓN DE LAS
OBRAS (SECCIÓN VII)
EXPLOTACIÓN
DE
LA Inicio de la explotación: luego de transcurridos doce (12) meses,
CONCESIÓN
(SECCIÓN contados desde la fecha de culminación de la totalidad de las
obras de construcción.
VIII)
Fuente: Elaborado por la Comisión
287
288
El financiamiento que el concesionario debía conseguir se precisaba en la
cláusula 3.3 del contrato. Allí se establecía que las obligaciones de las partes
solo podrían iniciarse cuando la concesionaria cumpliera una de las siguientes
condiciones: o bien asumía una línea de crédito de enlace, o declaraba su
decisión de usar recursos propios.
La cláusula 1.6 del contrato establecía requisitos precisos para el “acreedor
permitido” de la concesionaria; a las instituciones nacionales les exigía tener
clasificación de riesgo de nivel A, no incluía al patrimonio fideicometido ni a la
sociedad titulizadora, y exigía a quien adquiriese un valor mobiliario del
concesionario, a usar la vía de oferta pública y a no tener vínculo alguno con
él.
Ibid, cláusula N° 6.1. En la Sección VI “Obras de construcción” del contrato, se determina que
cada etapa tiene una periodicidad contada a partir del inicio de las obras; la primera etapa
culmina a los 12 meses, la segunda a los 30 y la tercera a los 48 meses. Luego, vendrían las
secciones referidas a la conservación y a la explotación de la concesión.
Ibid, cláusula 8.21, El PAO es el pago por la construcción de la carretera; el PAMO, por el
mantenimiento de la misma una vez construida; y la transitabilidad es el costo asumido por la
empresa para garantizar el tránsito vehicular durante las obras.
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