participó Alejandro Toledo Manrique, representando al Perú con una delegación
oficial autorizada por la Resolución Suprema N° 360-2004-PCM.
Fernando Zavala Lombardi275 asistió a la reunión del Grupo de Río en su calidad
de viceministro de Economía. Señaló ante la comisión que en esa reunión algunos
presidentes resaltaron la importancia de la integración regional a través de los
proyectos IIRSA, pero no abordaron específicamente ningún proyecto. Los temas
tratados fueron la adopción de mecanismos financieros innovadores (acuerdo 15)
y la solicitud al Fondo Monetario Internacional para hacer más flexible el manejo
del gasto de inversión y tener espacio fiscal para incluir gasto social, proyectos y
programas contra el hambre (acuerdo 16).
Según Zavala Lombardi, los presidentes se interesaron en las alternativas para
contabilizar el déficit fiscal, porque el endeudamiento de una obra ejecutada a
través de una Asociación Pública Privada (APP) no se registraba en el primer año,
sino a lo largo del tiempo para dar mayor flexibilidad y hacer más obra pública sin
impactar el déficit fiscal. Zavala también precisó que el Ministerio de Economía y
Finanzas (MEF) no era partidario de estos mecanismos.
Las declaraciones de Zavala sobre los temas de agenda de esa reunión, reflejaban
el interés de los gobiernos en adoptar estrategias financieras para ejecutar obras
por mecanismo de la asociación público-privada.
1.2 Contexto nacional
Según la Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP) – Ley 27293,
publicada el 10 de junio de 2000 y la Resolución Directoral N° 012-2002-EF-68.01
Directiva General del SNIP, vigentes a la entrega en concesión del proyecto IIRSA
Sur, los proyectos de inversión pública (PIP) debían pasar obligatoriamente por las
tres fases276 del “ciclo del proyecto”:
Preinversión: Elaboración y evaluación de los estudios de perfil, prefactibilidad
y factibilidad.
Inversión: Desarrollo de estudios definitivos o expedientes técnicos y
ejecución del proyecto.
Postinversión: Operación, mantenimiento y evaluación ex post.
El objetivo era garantizar que los beneficios obtenidos por los PIP superen los
costos asumidos por el Estado para su realización.
En ese contexto, como parte de la fase de preinversión, el Proyecto Especial de
Infraestructura de Transporte Nacional - Provias Nacional277 contrató el 22 de
diciembre de 2003 a la empresa Consorcio Vial Sur (conformado por Alpha Consult,
Serconsult y Conesupsa) para elaborar el estudio de factibilidad de la Interconexión
Vial Iñapari–Pto. Marítimo del Sur y entregarlo en diciembre de 2004. Sin embargo,
275
276
277
COMISIÓN INVESTIGADORA MULTIPARTIDARIA-BARTRA. 105° Sesión ordinaria pública
(Transcripción). Lima: 28 de mayo de 2018, p. 45.
Resolución Directoral Nº 012-2002-EF/68.01, que aprobó la Directiva General del SNIP, Directiva
Nº 004-2002-EF/68.01. Aprobada el 18 de noviembre de 2002.
Mediante Decreto Supremo N° 033-2002-MTC del 12 de julio de 2002, se creó el Proyecto
Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – Provias Nacional como unidad ejecutora
del pliego Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda.
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