7. Adendas firmadas durante el gobierno de Alan García Pérez Durante el gobierno de Alan García fueron suscritas trece adendas: cinco del tramo 2 (de la N° 4 a la N° 8); y cuatro de cada uno de los tramos 3 y 4 (de la N° 4 a la N° 7). Se empezará reseñando las adendas del tramo 2 y luego a aquellas adendas de los tramos 3 y 4 que no repitan el texto ya comentado. a. Adenda N° 4 La Adenda Nº 4 (en los tramos 2 y 3) modificó la cláusula sobre la diferencia de metrados. El total de metrados figuraba en el proyecto referencial; pero, al aprobarse el expediente técnico y el proyecto de ingeniería de detalle (PID), se identificó la “variación de metrados”, y el total se incrementó. Esta adenda también reformuló el procedimiento para identificar Soluciones Técnicas. La Adenda Nº 4 del Tramo 4 además modificó la cláusula referida a laudos arbitrales299 que fijaba 60 días para emitirlos y con la adenda, se optó por el plazo de 30 días del Centro de Arbitraje Nacional e Internacional de la Cámara de Comercio de Lima300. Luego se extendió a otros tramos. b. Adenda N° 5 El presupuesto establecido para desarrollar la obra se había agotado y existía el riesgo de paralizar todo301. Esto motivó la suscripción de la Adenda N° 5 del tramo 2 en el tercer trimestre de 2008. Por única vez, se creó un período transitorio hasta marzo de 2009. El nuevo marco normativo (Decreto de Urgencia N° 045-2008 y la Ley N° 29309) permitió elevar el presupuesto “por encima de la inversión máxima”302 (es decir, del monto del contrato original). La presión sobretodo del sur del país exigía garantizar la continuidad de la obra. La Adenda Nº 5 del Tramo 3 creó un período final hasta fines de 2010 para liquidar el PAO contractual y continuar las obras; en el Tramo 4, tal período duró hasta el 31 de marzo de 2011. El período final tenía reglas propias y permitía hasta un 10% del presupuesto final para cubrir el exceso de metrados; si se excedía, el concedente podía avalarlo o elegir a otro ejecutor. También se estableció un porcentaje de gastos generales mayor al del contrato para las obras nuevas: el porcentaje subió de 27% a 35.5%. 299 300 301 302 Nota: Se modificó el segundo párrafo del Acápite ii, Literal b de la Cláusula 16.11 de la Sección XVI del contrato, sobre arbitrajes de derecho. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES, Addenda N° 4 al Contrato de Concesión para la construcción, conservación y explotación del Tramo Vial N° 4 Inambari Azángaro del Proyecto Corredor Vial Interoceánico Sur, Perú – Brasil. Suscrito en Lima, el 18 de febrero de 2009. Tercera condición. (Acervo de Comisión Pari–Folder-306-IIRSA TX2, p. 322). También disponible en: https://www.ositran.gob.pe/carreteras/iirsa-sur-tramo-2-urcosinambari.html#adendas; https://www.ositran.gob.pe/carreteras/iirsa-sur-tramo-3-inambariinapari.html#adendas; https://www.ositran.gob.pe/carreteras/iirsa-sur-tramo-4-inambariaznangaro.html#adendas Decreto de Urgencia N° 045-2008, Considerandos, publicado el 15 de noviembre de 2008 y la Ley N° 29309, publicada el 31 de diciembre de 2008. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES, Addenda N° 5, al Contrato de Concesión para la construcción, conservación y explotación del Tramo Vial N° 2 Urcos - Inambari del Proyecto Corredor Vial Interoceánico Sur, Perú – Brasil. Suscrito en Lima, 18 de febrero de 2009, Cláusula segunda, literal a. (Acervo de Comisión Pari – Folder-306-IIRSA T.X.2, p. 329) 174

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