La primera es que, el tema de concentración variaría en función de la definición patrimonial del banco
que oscila. Mi pregunta sería: usted considera que el nivel de oscilaciones es tal, de que puede presentarse
un exceso de esta significación, aquí estamos hablando de un exceso de casi 90; 85 millones de soles en
exceso.
Usted consideraría que la fluctuación de cálculo patrimonial podía ser de este volumen como para que los
excesos pudieran expresarse en montos de esta envergadura, porque da la impresión de que implicaría una
variación patrimonial del banco bastante sustantiva en determinados momentos.
No sé si pudiera ahondar un poco más en ese tema.
El señor MIRO QUESADA.— Sí, congresista.
En primer lugar, quisiera precisar lo siguiente: la verdad que me llama mucho la atención lo 61 millones
que se habla de exceso del grupo Wiese, pero dejaré que el señor De la Puente responda a ello.
Los excesos de 8.5, 5 y medio y 6 millones que yo he marcado acá, equivalen aproximadamente si lo
expresamos en dólares entre un millón y medio y dos millones y tantos de dólares por cada uno de los
grupos.
En el momento que yo dejo el banco, el patrimonio del banco debía ser del orden de los 250 millones de
dólares aproximadamente, que a un tipo de cambio en ese momento tal vez igual a lo que tenemos ahora
3.5, estoy hablando de alrededor de 800 millones de soles o un poco más tal vez.
Entonces, en el cálculo del patrimonio efectivo con la fórmula que tenía la Superintendencia, sí podría
ser, que un cliente al cual le habíamos otorgado, digamos, o muy cercano al límite legal que el banco
tenía con una fluctuación de —vamos a decir— de 8; 10; 15 ó 20 millones de soles en ese momento, haría
que estos excedentes aparezcan como excediendo el límite legal del banco.
Entonces, no debemos verlo como la sumatoria de todos estos, sino cada crédito y cada grupo en forma
individual, o sea que se habría excedido en el caso del grupo Mur por 8 millones de soles y así
sucesivamente. La sumatoria no era la forma de cálculo para los excesos de límites legales. Bueno, y eso
por norma de la Superintendencia y práctica bancaria.
El señor PRESIDENTE.— Una última cosa de mi parte, señor Miro Quesada antes que intervenga el
señor De la Puente. ¿Gatosol Financial Corporation es una off shore de grupo Picasso Candamo?
El señor MIRO QUESADA.— Sí, es una empresa del señor Francisco Picasso Candamo.
El señor PRESIDENTE.— Muchas gracias.
¿No sé si el señor Ugaz quería aclarar algo sobre el tema? Entonces, señor De la Puente si tuviera la
gentileza.
El señor DE LA PUENTE WIESE.— Si bien el señor Miro Quesada tuviese conocimiento de las cifras,
en estos momentos me gustaría que lo comentara, sin embargo, creo que debe haber algún malentendido
sobre los créditos ¿y qué cosa es grupo Wiese? Porque grupo Wiese por política tenía un nivel de crédito
bajo en el sistema y particularmente con el Banco Wiese.
Las actividades del grupo Wiese no requieren o no requerían niveles de créditos importantes. Sí ha habido
—recuerdo yo— en el tiempo el concepto de que grupo Banco Wiese se confundía con grupo Wiese.
Grupo Banco Wiese son las empresas que inclusive han sido mencionadas hace un momento como Wiese
Inversiones Financieras, Wiese Financial, Wiese Banca International, etcétera. Y que son vehículos cien
por ciento propiedad del Banco Wiese y por lo tanto eran el propio banco.
Eso es claramente entendido por la Superintendencia de que el grupo Wiese es distinto al grupo Banco
Wiese. Por lo tanto, a mí sorprende mucho de que pueda haber —yo no recuerdo nunca— que el grupo
Wiese haya tenido —por lo menos que haya sido de conocimiento—, excesos de límites y pienso más
bien estuvo lejos de llegar a los límites.
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