Es importante dejar en claro el segmento de la población que los intermediarios
financieros privado fallaron en atender, en realidad ya había dejado de ser atendida por la
Banca de Fomento al momento que se determinó su liquidación.
La investigación realizada por ésta Comisión comprende la gestión de las siguientes
entidades que tuvieron a cargo la liquidación de la Banca de Fomento: a) las comisiones
Liquidadoras en el período 1992-1995; la Comisión Administradora de Carteras entre 1995 y
2002; y la CEPRI de Carteras entre el 2000y el 2001. Se estableció como objetivo de la
investigación la evaluación de la gestión de las comisiones antes mencionadas, cuantificando
los resultados económicos para el Estado Peruano, estableciendo los inventarios de activos y
cartera de créditos. Asimismo, se buscó identificar los posibles delitos económicos y
financieros cometidos a lo largo del dilatado proceso de liquidación de la Banca de Estatal.
La principal restricción para el desarrollo de la investigación ha sido la dificultad para
disponer o acceder a la información, más aún tomando en cuenta que el proceso de liquidación
viene tomando 10 años. En un primer momento se solicitó información que permita evaluar las
irregularidades en desembolsos y gastos ejecutados por la Comisión Administradoras de
Carteras (1995-2001), por tanto la información solicitada correspondió a ese periodo. A fin de
completar la investigación desde el inicio de la liquidación de la Banca de Fomento en 1992,
se solicito a la Comisión Administradora de Carteras información correspondiente al periodo
1992-1995, y en especial la referente al inventario de la cartera de créditos al inicio de la
liquidación y la evolución anual de la misma. La Comisión Administradora de Carteras ha
informado que no dispone de la información referente a la cartera de créditos en el período
inicial de liquidación y menos la evolución anual de la misma y que, para su preparación,
requeriría de recursos adicionales y un plazo cercano a un año, por lo que se optó por solicitar
los listados de los 100 mayores deudores en los años 1992, 1995, 2000 y 2001. A la fecha, sólo
se ha alcanzado el listado de los 100 mayores deudores de los Bancos Industrial, Minero y de la
Vivienda al 31.12.01 y del Banco Agrario al 31.12.2000 con sus saldos deudores desagregados
en Principal e Intereses, mas no así las garantías correspondientes.
Marco Legal
El Gobierno de Emergencia y Reconstrucción Nacional en 1992 optó por expedir el
Decreto Ley No 25478 del 06.05.92, especifico para declarar la disolución y liquidación de la
Banca de Fomento en lugar de seguir lo dispuesto por el Decreto Ley 637, Ley General de
Instituciones financieras, Bancarias y de Seguros, que disponía que los bancos se declaran en
disolución y liquidación por resolución del Superintendente dejando de lado prácticamente
desde ese momento la función de supervisión y control de la Superintendencia de Banca y
Seguros, no teniendo en cuenta que la SBS estaba facultado a controlar y vigilar tanto a la
entidades bancarias de propiedad privada como las de propiedad estatal.
Para ejecutar los procesos de liquidación se constituyeron inicialmente comisiones
liquidadoras para cada uno de los bancos. En el mismo año 1992 se constituye una Comisión de
Liquidación Unificada para los bancos Agrario, Industrial y Minero. Posteriormente en 1995 se
crea la Comisión Administradora de Cartera para que se encargue de la administración de la
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