• • • operaciones de crédito en condiciones más ventajosas que las que concedían a la clientela. Déficit de provisiones del orden de S/. 182 millones, deficiencias de Control de los Límites Legales y excesos en los límites Legales Crediticios. La Jefa de la Oficina de Auditoría Interna, también ejercía la Jefatura de la División de Control de Créditos del Banco. En opinión del equipo de visita de inspección, calificaba la labor de superación de las observaciones, determinadas en la visita de inspección anterior como “Deficiente”. Se establece una vez más las dificultades de la SBS para actuar con firmeza en relación a sus recomendaciones formuladas producto de sus observaciones de campos. Resulta inexplicable el hecho que las instituciones bancarias hagan caso omiso a la mayoría de las observaciones y recomendaciones de la SBS, con lo cual se puede establecer que una de las causas importantes que influyen en el deterioro de los bancos, es la no implementación a tiempo de las observaciones y recomendaciones de carácter preventivo determinadas por la institución de control. El convenio base de integracion entre el Grupo Wiese y el Grupo Sudameris El 17 de febrero de 1999, se celebró un Convenio Base de Integración entre el Grupo Wiese y el Grupo Sudameris, que tuvo como objetivo la integración entre el Banco Wiese Ltdo y el Banco de Lima Sudameris. El Banco de Lima Sudameris sería el “Aportante”, segregando un Bloque Patrimonial que sería aportado al Banco Wiese Ldo., quien actuaría en condición de Adquiriente. Sin embargo, luego de los ajustes efectuados por la Sociedad Auditora Arthur Andersen, el Grupo Sudameris comenzó a dudar de llevar adelante el convenio, existiendo el riesgo de que la operación se frustre y que se caiga el Banco Wiese; razón por la cual el Estado decidió participar en la operación. Procedimiento utilizado para el salvataje del Banco Wiese ltdo. El salvataje del Banco Wiese, al igual que el utilizado en el resto del sistema bancario, se gestó a través de dispositivos legales. En este caso se emitió, especialmente, el Decreto de Urgencia N° 034-99 de fecha 25 de junio de 1999, por el que se creó el Programa de Consolidación Patrimonial destinado al fortalecimiento de las empresas de operaciones múltiples del Sistema Financiero Nacional. Esta norma contempló dos medidas de apoyo a las entidades que se acogiesen: La suscripción temporal de acciones representativas del capital social, por parte del • MEF. • El otorgamiento de la garantía de la República del Perú, a efectos de respaldar el valor de los activos. Para ello se autorizó a la Dirección General de Crédito Público del MEF a suscribir los contratos de garantía respectivos, en los términos y condiciones establecidos en el Reglamento Operativo del Programa de Consolidación Patrimonial. 93

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