CONSlllljCIUN PULlTlCA DE:L EsrADO ARTICULO 150 El Banco puede efectuar operaciones y convenios de crédito para cubrir desequili. brios transitorios en la posición de las reservas Internacionales del pais. Requiere autorización señalado por ley cuando el monto de tales operaciones o con\lenios supera el límite por el Presupuesto del Sector Público, con cargo de dar cuenta al Congreso. ARTICULO 151 El Banco es gobernado po, El Poder Ejecutivo designa , UIl Directorio ,1 cuatro, de siete miembros enrr~ ellos al Presidente del Banco. El Senado ratifica a t:ste, y de::>lgnaa los tres restantes. Los Directores del Banco son nombrados por un período de cinco años. f i representan a entidad ni interés particular algunos. El Senado puede removerlos No por falta grave. I ARTICULO 152 La actividad bancaria y financiera cumple función social de apoyo a la economía del país en sus djve~as regiones V a todos los sectores de actividad y población de acuerdo con los planes de desarrollo. ARTICULO 153 La actividad bancaria. financiera y de seguros no puede ser objeto de monopolio privado directa ni indirectamente. La ley señala los requisitos, obligaciones, garantias y limitaciones de las empresas respectivas. I , ' .. ;..,' .' ¡ c" 233543 35

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