Y Atlantic aportó en papeles 7 millones 315, que se los recibieron al mismo porcentaje, 57,5% que dieron
4 millones; así que nosotros aportamos entre los dos, 18 millones, que significó entre 17% ó 18% del
fondo.
Este fondo estaba constituido con el propósito de invertir en empresas peruanas que se iban a privatizar,
para así darle mayor valor, en parte, a la deuda que teníamos todas estas instituciones bancarias e
internacionales.
El Perú había, en el año 93, promulgado una ley que facilitaba este tipo de operaciones, no sé si ustedes
recordarán pero se calificaban algunos instrumentos de deuda peruana y estos previamente calificados por
la ley, servían para pagar en parte, privatizaciones. Entiendo que el Banco Continental...
El señor PRESIDENTE.— ¿Esto lo promueve el señor Boloña, no es cierto?
El señor ROMERO SEMINARIO.— 93 Boloña, me parece.
El señor PRESIDENTE.— Es decir, Camet lo lleva a la práctica, pero quien anuncia el tema de que
papeles de deuda podrían ser utilizados en el proceso privatizador...
El señor ROMERO SEMINARIO.— Es noviembre del 93, es una ley...
El señor PRESIDENTE.— ¿La norma?
¿Eso ya es con Camet?
El señor ROMERO SEMINARIO.— Con Camet.
El señor PRESIDENTE.— Okay.
El señor ROMERO SEMINARIO.— Entonces, el propósito del fondo clarísimo era este, después
decidieron por mala suerte, invertir en empresas que no iban a ser privatizadas y tuvieron que cambiarle
el nombre, esto es anecdótico, de Perú Privatization Found a Perú Privatization & Development Found*,
e invertimos en Graña y Montero y en otras, que no resultó muy atractiva la inversión.
El fondo, como digo, lo maneja El Hong Kong Shangai Bank*, un ingles que acabamos de sacar porque
no lo hizo del todo bien, el rendimiento del fondo no ha sido nada espectacular.
El señor PRESIDENTE.— ¿Usted nos va a dejar el cuadro?
El señor ROMERO SEMINARIO.— Sí.
El señor PRESIDENTE.— Gracias.
¿Por qué el fondo se establece en Gran Caimán y no en el Perú, cuál es la razón por la cual se constituye
fuera como ocurrió y no en el Perú?, ¿hay alguna razón en particular, algún tipo de beneficios especiales
que esto genera, una visión de falta de garantías al interior para manejarse constituidos aquí, una
modificación en el manejo tributarios?, ¿por qué se inscribe con una empresa en Gran Caimán?
El señor ROMERO SEMINARIO.— No lo sé, pero la mayoría de los socios eran extranjeros, la ventaja
de Gran Caimán es que no hay impuesto a la renta de utilidades generadas, podrían ser exoneradas de
renta, me imagino que esa es una consideración, facilidad de constitución, me imagino que sea otra.
Impuesto a la renta no creo que es una consideración importante porque operaciones transadas en bolsa
no generan renta, libertad de capitales hay, habían y existen.
La respuesta es no sé, pero deberían haber habido algunos, me imagino, vinculadas al hecho que nuestros
accionistas eran básicamente extranjeros.
El señor PRESIDENTE.— ¿Cuáles son los principales procesos en los que interviene este fondo?
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