Comisión Investigadora de Delitos Económicos y Financieros 1990 – 2001
Área de Salvataje Bancario
13-jun-02
14.
Acogiéndose al Decreto de Urgencia N° 041-99, el Banco Latino vendió al MEF a
valor nominal más intereses en suspenso (sin provisiones) los peores créditos de su
cartera, clasificados como pérdida, dudoso y deficiente por un monto de US$
148’859,964.48 y por S/. 86’773,613.81, equivalentes a un total de US$ 174’840,088;
cartera que difícilmente puede generar los flujos de dinero que permita al MEF recuperar
su inversión. La Comisión Administradora de Carteras – CAC, según lo informado a esta
Comisión, estima que de la cartera comprada por el MEF puede recuperarse como
máximo unos US$ 35’000,000.
15.
En la concepción del DU 041-99 que sólo podía ser aplicado al Banco Latino,
habrían participado diferentes funcionarios de entidades del Estado, siendo los
principales:
Víctor Joy Way Rojas – ex Ministro de Economía y Finanzas
Martín Naranjo Landerer – ex Superintendente de Banca y Seguros
Richard Webb Duarte – ex Presidente del Directorio del Banco Latino.
16.
Los funcionarios del Banco de la Nación, que recibieron el encargo del MEF de
adquirir la peor cartera de créditos al Banco Latino, no efectuaron un proceso de revisión
exhaustiva de toda la documentación que sustentaban los créditos, antes de proceder a
cerrar la operación. Tal situación ha causado un perjuicio al Estado Peruano por las
desfavorables condiciones contractuales para el traspaso de dicha cartera. Es importante
señalar que una de las condiciones más desfavorables para el Estado Peruano, fue el
plazo para que el Banco Latino entregara la documentación relacionada a la existencia y
garantía de los créditos; ya que inicialmente fue de 90 días. Posteriormente, mediante
una addenda al contrato, se amplió a 180 días útiles. Este último plazo fue ampliado23
hasta el 28 de febrero del 2002; afectando negativamente la posibilidad de recuperación
que presentaban dichos créditos, en perjuicio del Estado y en beneficio de los deudores
originales (entre los que se encontraban empresas de ccionistas del banco como
Inversiones Latinas). Como consecuencia de la situación antes descrita, el Estado sólo ha
recuperado aproximadamente US$ 13.85 millones sobre una cartera de créditos que
adquirió a valor nominal y sin provisiones por un monto de US$ 174’840,088.
El hecho de no traspasar la documentación relativa a la existencia de los créditos y la
relacionada a las garantías, contra la firma del contrato, permitió que muchos prestatarios
se vieran favorecidos ante la imposibilidad del Estado de ejecutar los créditos por
deficiencias en la formalización de garantías o incluso, por no tener la documentación que
acredite la existencia de los créditos.
RECOMENDACIONES
17.
Profundizar las investigaciones a efecto de determinar sí la suscripción del
contrato de Venta de Cartera suscrito entre el Banco de la Nación por encargo del MEF y
el Banco Latino, en los términos suscritos y a las sucesivas prórrogas en la entrega de
garantías, se hicieron para favorecer a los prestatarios.
18.
Con respecto a lo declarado por el ex Gerente y ex Presidente del Banco Latino,
de que no informaron formalmente de la situación real de insolvencia del banco, con el
23
mediante las Resoluciones Ministeriales N°s 217-99/EF, 118-200-EF/10 y 250-2001-EF/10
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