LOS PROYECTOS – QUÉ PROPONEN  Faculta al Ministerio Público “bajo responsabilidad” a solicitar la disolución judicial de asociaciones o fundaciones.  Pueden dictarse medidas cautelares suspendiendo total o parcialmente actividades de la asociación o designando un interventor.  Actividades contrarias al orden público o a las buenas costumbres: Alejandro Muñante: PL 7818:Modifica artículo 96 y 109 del Código Civil y 410 de Ley General de Sociedades  Realizar actividades ilícitas o recibir financiamiento de entidades, asociaciones u otro tipo de organización pública o privada, nacional o extranjera, que financie, promocione, realice o desarrolle actividades en el extranjero consideradas como ilícitas en territorio peruano. ❑ Estado: ➢ Comisión Justicia y Derechos Humanos: En estudio. ❑ Opiniones institucionales: ➢ Proyecto presentado el 13/05/2024. ➢ Aún no cuenta con opiniones institucionales.

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