de la evidencia, o su manejo adecuado, puede repercutir negativamente en la presentación de su caso"255 Las medidas de coerción procesal pueden ser personales o reales, y también constituir mecanismos preventivos de suspensión de derechos. Estos supuestos se dan cuando devienen en necesarias para la búsqueda de información probatoria, tal como ocurre al ordenarse y ejecutarse allanamientos, registros e incautaciones. El peligro de obstaculización probatoria se da Conforme a las posibilidades del procesado para afectar, por destrucción, modificación, ocultamiento, supresión o falsificación, los elementos de prueba; o para influir en coimputados, testigos o peritos con el fin de que mientan, sean reticentes o actúen deslealmente; asimismo considerándose sus posibilidades de servirse de otros para que se realicen dichos comportamientos (artículo 270 del Código Procesal Penal). La cadena de custodia juega un papel importante en el nuevo proceso penal tal como señala el Dr. Manuel Restrepo Medina, que indica sobre "los elementos materiales del delito y la evidencia física radica que estas pueden probar la comisión de un delito, relacionar al sospechoso con la víctima o con la escena del crimen, establecer las personas asociadas con el delito, corroborar el testimonio de una víctima, definir el modo de operación del agresor y relacionar casos entre sí o exonerar a un inocente. Además, es más confiable y objetiva que la prueba testimonial, y el desarrollo de la ciencia le ha hecho más importante".256 Se debe de seguir el procedimiento establecido por el nuevo código procesal penal para que los elementos materiales y evidencias físicas que se recojan en la escena del delito que actúan como elemento de convicción sean evaluadas, los mismos que deberán de ser incorporadas en la investigación preparatoria, admitidos en la etapa intermedia y valoradas en el juicio oral, para efectos de acreditar los hechos delictivos materia de la investigación, ya que es precisamente la cadena de custodia la que garantizará que aquello que es incorporado al proceso sea lo mismo que encontró en la escena del delito. OBJETO DE LA LEY El presente Proyecto de Ley beneficia en la persecución, sanción y erradicación del crimen organizado para garantizar la seguridad ciudadana y la paz social, buscar asegurar el estricto cumplimiento de las normas en materia procesal penal que garanticen la integridad, conservación e inalterabilidad de los correspondientes elementos materiales de prueba, resulta prioritario. Siendo de vital importancia en la lucha contra la criminalidad, el éxito en la aplicación de tales disposiciones normativas y sanciones. HORVITTZ LENNON, María Inés y LOPEZ MASLE, Julián. 2004. Derecho Procesal Penal Chileno. Chile. Editorial Jurídica de Chile, Tomo I. pag.536. 256 RESTREPO MEDINA, Manue1.2005. El Nuevo sistema acusatorio. Bogotá, Colombia, Editorial Intermedio página 39. 255 1059

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