CONGRESO de la REPÚBLICA LEY MARCO DE CONTROL SOBRE EL EQUIPAJE CARGA Y PASAJEROS EN EL TRANSPORTE TERRESTRE, AÉREO, MARÍTIMO Y FLUVIAL, COMO MEDIO DE PREVENIR EL TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS Los Congresistas de LA COMISIÓN MULTIPARTIDARIA PARA INVESTIGAR LAS VINCULACIÓN DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS, REGIONALES Y LOCALES CON EL TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS, por iniciativa de la Congresista ESTHER SAAVEDRA VELA, ejerciendo el derecho de iniciativa legislativa que les confiere el artículo 107° de la Constitución Política del Perú Y conforme a lo dispuesto por el numeral 2 del artículo 76° del Reglamento del Congreso de la República, presentan la siguiente iniciativa legislativa: FORMULA LEGAL LEY MARCO DE CONTROL SOBRE EL EQUIPAJE, CARGA Y PASAJEROS EN EL TRANSPORTE TERRESTRE, AÉREO, MARÍTIMO Y FLUVIAL, COMO MEDIO DE PREVENIR EL TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS. Artículo 1.- Objeto de la Ley La presente Ley tiene como objetivo prevenir el Tráfico Ilícito de Drogas en los transportes de carga y pasajeros por vía aérea, marítima, fluvial y terrestre, y con el fin que no sean utilizados por el grupos delictivos organizados224 para cometer este ilícito. Artículo 2.- órganos competentes de calificación El artículo 8° de la Constitución establece que es obligación del Estado peruano combatir y sancionar el tráfico ilícito de drogas. Para tal efecto, la propia Norma Fundamental ha conferido atribuciones a órganos autónomos, como es el caso del Ministerio Público, que en cuanto titular de la acción penal pública y titular de la carga de la prueba, tiene por función conducir desde su inicio la investigación del delito. 224 Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional (Convención de Palermo-Italia),Diciembre del 2000, Artículo 2,inciso a) Por "grupo delictivo organizado- se entenderá un grupo estructurado de tres o más personas que exista durante cierto tiempo y que actúe concertadamente con el propósito de cometer uno o mas delitos graves o delitos tipificados con arreglo a la presente Convención con miras a obtener, directa o indirectamente, un beneficio económico u otro beneficio de orden material-. 1004

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