VII. RELACIÓN CON EL ACUERDO NACIONAL
La presente iniciativa legislativa es concordante con la siguiente política de Estado
del Acuerdo Nacional:
Sexta Política de Estado
Política Exterior para la Paz, la Democracia, el Desarrollo y la Integración
Promoverá el respeto a los derechos humanos, los valores de la democracia y del
Estado de Derecho, así como fomentará la lucha contra la corrupción, el
narcotráfico y el terrorismo en el plano de las relaciones internacionales a través de
iniciativas concretas y de una participación dinámica en los mecanismos
regionales y mundiales correspondientes.
VIII.ANÁLISIS COSTO-BENEFICIO
La presente iniciativa legislativa no genera gasto alguno al erario nacional,
conlleva a autorizar a la Dirección Antidrogas de la Policía Nacional del Perú
para que se encargue de la prevención del tráfico ilícito de drogas en los
puertos del país, facultad que se encuentra autorizada por el artículo 166°
de la Constitución Política y lo normado en el Decreto Ley N° 22095 - Ley
General de Drogas, en el Decreto Legislativo N° 824 - Ley de Lucha contra
el Tráfico Ilícito de Drogas y otras normas conexas.
Lima, agosto del 2015
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