Comisión de Fiscalización y Contraloría
Es necesario analizar si existía alguna prohibición legal para Contratar
con el Estado por parte de Alpha Consult S.A. con SEDAPAL, donde es
Presidente del Directorio el señor Jorge Villacorta Carranza; en razón de
que habían tenido una relación comercial.
Al respecto debemos citar el artículo 9º del Texto Único Ordenado de la
Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado:
"Artículo 9.- Impedimentos para ser postor y/o contratista
Están impedidos de ser postores y/o contratistas:
a) El Presidente y los Vicepresidentes de la República, los
representantes al Congreso de la República, los ministros de Estado, los
vocales de la Corte Suprema de Justicia de la República, los titulares y los
miembros del órgano colegiado de los organismos constitucionalmente
autónomos, hasta seis meses después de haber dejado el cargo;
b) Los titulares de instituciones o de organismos públicos
descentralizados, los alcaldes, los demás funcionarios públicos, los directores y
funcionarios de las empresas del Estado; las personas naturales de la Entidad
que tengan intervención directa en la definición de necesidades,
especificaciones, evaluación de ofertas, selección de alternativas,
autorización de adquisiciones o pagos;
c) El cónyuge, conviviente o los parientes hasta el cuarto grado de
consanguinidad y segundo de afinidad de las personas a que se refiere los
literales precedentes;
d) Las personas jurídicas en las que las personas naturales a que se
refieren los literales a), b) y c) tengan una participación superior al cinco
por ciento del capital social, dentro de los veinticuatro meses
anteriores a la convocatoria;
e) Las personas naturales o jurídicas que se encuentren sancionadas
administrativamente con inhabilitación temporal o permanente para contratar
con entidades del Sector Público, de acuerdo a lo dispuesto por la presente
Ley y su Reglamento; y
f) La persona natural o jurídica que haya participado como tal en la
elaboración de los estudios o información técnica previa que da origen al
Proceso de Selección y sirve de base para el objeto del contrato, salvo en el
caso de los contratos de supervisión.
En los casos a que se refieren los incisos b), c) y d) el impedimento
para ser postor se restringe al ámbito de la jurisdicción o sector al que
Comisión de Fiscalización del Congreso de la República 2004-2005
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