Con relación a la cartera de créditos de consumo, MES e Hipotecario, la División de
Auditoría Interna debía determinar los intereses que se encontraban indebidamente
registrados como ingresos, a efectos de que se registren como intereses en suspenso
debido a la clasificación crediticia.
2.2.2.5 Oficina de Auditoría Interna
La Jefa de la Oficina de Auditoría Interna, también ejercía la Jefatura de la División de
Control de Créditos del banco, de acuerdo al nombramiento realizado por la Gerencia
General. Al respecto la SBS, mediante oficio N° 811-99 de fecha 29 de enero de 1999,
manifestó que encontraba incompatible realizar ambas funciones, por lo que requería
adoptar las acciones necesarias para cubrir la Jefatura de Auditoría Interna. Hasta la
fecha de terminada esta inspección el Banco no había cumplido con regularizar esta
situación, no obstante lo dispuesto en el referido oficio.
2.2.2.6 Evaluación de la respuesta al informe de la visita de inspección anterior
Al evaluarse el informe SBS N° ASIF “B” – 156 – VI – 98, correspondiente a la visita
de inspección del año 1998, se identificaron 54 observaciones, ante la cual la
Gerencia General del Banco emitió su respuesta. Al realizarse las verificaciones
respecto a las respuestas emitidas, la SBS determinó que: 8 observaciones fueron
íntegramente superadas (15 %), 13 se encontraban en proceso de superación (24%)
,y 33 observaciones aún no habían superadas (61 %). Por lo tanto, el equipo de visita
de inspección calificaba la labor de superación de las observaciones como
“Deficiente”.
En este sentido, en la medida que las recomendaciones realizadas por la SBS en la
anterior visita de inspección no fueron efectivamente implementadas, la SBS no habría
logrado desempeñar una supervisión efectiva sobre el Banco Wiese, quedando
evidente las dificultades que tiene la SBS para lograr que los supervisados cumplan
con las exigencias del órgano supervisor. En la medida que las instituciones bancarias
hacían caso omiso de las observaciones y recomendaciones de la SBS, no se
lograban aplicar a tiempo las medidas preventivas que dicta la SBS para disminuir la
vulnerabilidad del sistema financiero.
2.2.2.7 Recomendaciones
El Banco debía:
•
Regularizar los incumplimientos legales en los que ha incurrido, sin perjuicio de las
sanciones que se establezcan.
•
Asumir las clasificaciones determinadas en la visita de inspección, de los créditos
discrepantes de las carteras de crédito comercial, consumo, MES e Hipotecario.
•
Constituir el déficit de provisión encontrado en la visita de inspección que ascendían a
la suma de S/. 204’881,000, a más tardar al 30 de abril de 1999.
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