Banco Wiese Sudameris correspondientes a la participación de los ex accionistas mayoritarios del Banco Wiese Ltdo. por US$ 28.3 millones. Se establece que una vez efectuada la negociación antes detallada, la exposición del Estado fue la siguiente: Cuadro 4: Exposición del Estado en el Banco Wiese Sudameris PARTICIPACIÓN EXPOSICION AL 30-06-99 US$ EXPOSICION AL 31-08-01 US$ 25’200,000 26’800,000 52’000,000 195’700,000 - 28’300,000 0 167’400,000 219’400,000 25’200,000 26’800,000 52’000,000 195’700,000 - 28’300,000 25’700,000 193’100,000 245’100,000 Acciones preferentes Acciones comunes Exposición neta parcial en acciones Aval del Estado por US$ 189 millones (*) En garantía 137 476 852 acciones comunes Intereses devengados del pagaré Exposición neta parcial del aval Total exposición del Estado (*) Pagaré actualizado por una tasa TIPMEX + 2 puntos porcentuales 3.4 Programa de Consolidación Patrimonial Por Decreto de Urgencia N° 034-99 se creó el Programa de Consolidación Patrimonial, destinado al fortalecimiento de las empresas de operaciones múltiples del Sistema Financiero Nacional. Esta norma contempló dos medidas de apoyo a las entidades que se acogiesen: - La suscripción temporal de acciones representativas del capital social. - El otorgamiento de la garantía de la República del Perú, a efectos de respaldar el valor de los activos. Los objetivos principales del programa eran los siguientes: - Proteger a los depositantes y acreedores del Sistema Financiero Nacional y no a los accionistas de las empresas conformantes del mismo. Proteger la estabilidad del Sistema Financiero Nacional, evitando un posible inicio y propagación de riesgo sistémico. Minimizar los costos en los que podría incurrir el Estado, según las distintas alternativas disponibles para enfrentar la posibilidad del riesgo sistémico. Para implementar el otorgamiento de la garantía de la República del Perú, mediante Decreto de Urgencia N° 034-99, se autorizó a la Dirección General de Crédito Público del MEF a suscribir los contratos de garantía respectivos, en los términos y condiciones establecidos en el Reglamento Operativo del Programa de Consolidación Patrimonial. Así, se dictaron las Resoluciones Ministeriales: N° 144-99-EF/77 que aprobó el Reglamento 23

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