terrorismo, allí se diferenciaba para que los beneficiarios sean los que no formaban parte de pelotones de aniquilamiento. ¿Eso es algo que han contemplado en la Procuraduría en cuanto a la Ley de Colaboración Eficaz o preferirían hacerlo general? Bueno, tiene un costo que conocemos en el sentido que el costobeneficio habría que analizarlo por los hechos que se han dado. El señor GAMARRA.— Al interior de la Procuraduría venimos debatiendo ese tema, sobre los alcances de los beneficios, tanto si se le va a dar reducción o exención. Es decir, en un primer momento el acuerdo es reducción pero no exención. Y el tema de los miembros del grupo dirigencial es otro tema que hay que debatir, porque evidentemente esta lógica de la colaboración no deja de ser una lógica perversa; porque si a alguien se le debe dar el beneficio, pensando en forma lógica, debe ser a alguien que tiene cierto nivel dentro de la organización porque es justamente el que tiene la información. Pero, por otro lado resulta contrario al respeto debido de los derechos de la persona concederle el beneficio a quien tiene una responsabilidad mayor en la comisión de estos hechos. Evidentemente, pero bajo ninguna circunstancia e está pensando en concederle algún tipo de beneficios a Vladimiro Montesinos por violaciones a derechos humanos. La señora PRESIDENTA.— O sea que taxativamente se están buscando los límites que esta legislación pueda tener. ¿Hay alguna legislación comparada que usted pueda adelantar, independientemente de que este proyecto llegue al Congreso? En el caso que se viene discutiendo, no estamos adelantando el momento, el tiempo. El señor GAMARRA.— Lo que hemos revisado es simplemente la legislación o los pactos internacionales o declaraciones en general o resoluciones sobre derechos humanos, los cuales permiten la concesión de determinados beneficios, a modo de excepción, a violadores de derechos humanos, que es un tema que hay que estar muy claros para no caer tampoco en una ley que pueda ser incompatible con los convenios internacionales. Es decir, a nivel de las propias Naciones Unidas existen resoluciones que admiten la posibilidad de concesión de beneficios, a título de excepción, a violadores de derechos humanos. En ese sentido, evidentemente lo que quiere la Procuraduría es abrir la Ley de colaboración eficaz a los casos de violación de derechos humanos, pero evidentemente con restricciones, con limitaciones y hacerlo de una manera excepcional. No se pretende concederle beneficios a 10 o a 20 autores de violaciones de derechos humanos, se quiere conceder el beneficio a las personas que tienen la información suficiente que nos permita descubrir la verdad y establecer responsabilidades de todos ellos, no solo de los ejecutores directos. La señora PRESIDENTA.— Gracias, doctor Gamarra. Tiene la palabra el congresista Zumaeta. El señor ZUMAETA FLORES (PAP).— Quisiera preguntarle al doctor Gamarra sobre el tema de los recursos, o sea si en las indagaciones, en las investigaciones, se conoce cómo era financiado el Grupo Colina, si era dinero del Estado, dinero del narcotráfico, personas. El señor GAMARRA.— Hay dos declaraciones, la primera es una declaración de Julio Chuqui Aguirre, que no está en acta todavía, en la cual se menciona que venía dinero del extranjero, es lo -39-

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