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CONGRESO
CONSTmJYENTE
DEAIOCRAOCO
de deuda externa en el mercado secundario. Esta firma, publica su relación de
precios de deuda externa a base de transacciones realizadas por ellos mismos,
generalmente como intermediarios, u ofertas firmes de venta o compra que hayan
observado últimamente. En consecuencia, no utilizan procedimientos de muestreo
sino de recopilación de última información recibida tomando en consideración las
experiencias de sus oficinas de Nueva York y Londres".
Conviene aclarar en mérito a la opinión independiente de este dictamen que lo
publicado a decir de la misma fuente son precios indicativos y corresponlien al tipo
de deuda bancaria de mediano plazo más común en cada país.
El precio real con que se cierra una operación (normalmente hasta incluyefracciones
de 1%) depende de variosfactores, tales como el monto de la deuda en negociación,
si la deuda es directa o sindicada con otros bancos, el plazo de maduración, etc.
En relación al mercado secundario, se ha sostenido que éste es subjetivo, lo cual a
la fecha, nos demuestra todo lo contrario, pues en el caso de las presentes
negociaciones del Estado Peruano con la banca comercial acreedora (1993-1994),
cualquier economista y entidad especializada del país o del exterior, sabe que el
indicador o cotización de los papeles de la deuda peruana se encuentra muy sensible
y sirve de base a los negociadores oficiales peruanos consultados por esta Comisión
1nvestigadora. (Ver Cuadro B-1).
19°
Respecto a la Carta de 4.NOV.86, del Dr. Alan García Pérez, en ese entonces
Presidente de la República y dirigida al Dr. Gustavo SaberlJein Chevalier, en su
condición de Presidente del Comité de la Deuda Externa; está comprobado que el
destinatario respondió la misma el 13.MAY.88 manifestando "que a la recepción de
la misma (la Carta del 4.NOV.86) y luego de las coordinaciones efectuadas con la
Secretaría Técnica de dicho Comité, en la persona del señor Javier Abugattas Fatule,
quien además ejercía el cargo de Director General de Crédito Público, tuve a bien
comunicar en forma inmedita y verbal al señor Presidente de la República que la
mencionada operación no había sido de conocimiento del Comité de la Deuda Externa
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