por el doctor Guillermo Garrido-Lecca Alvarez-Calderón como sigue: "Ahora yo
quisiera agregar en este caso que yo directamente nunca negocié ningún Convenio ";
se tiene que esta declaración se contradice con lo analizado conforme se detalla:
Acuerdo Tripartito MERHAV - TADIJUN, que constituye el procedimiento de
ejecución del Convenio de Reestructuración y Cancelación de Obligaciones de
Pagos de la Deuda Externa con Merhav MNF Ltd. de Israel; el cual el doctor
Guillermo Garrido-Lecca Alvarez-Calderón suscribe como negociador en su
calidad de representante del Ministerio de Econom[a y Finanzas. Evidencia
concluyente de que el aludido ex-Ministro ha omitido la verdad en cuanto a
su gestión, aspecto que se agrava por cuanto a partir del año 1987 conforme
a lo declarado ante esta Comisión y ante una pregunta del señor Presidente
de la misma, señaló: "No había ningún impedimento legal, trabajé en esa
Empresa a partir del año 1987 y hasta 1991".
Declaración que lo hace
incurrir en inconducta juncional puesto que al haber negociado en un caso y
aprobado en otros diversos contratos con MIC, como son:
D.S. 288-85-EF de 12.JUL.85; mediante 'el cual se aprueba un
Convenio de Reestructuración con la firma M/C; convertida en
acreedor de la República en razón de que las firmas Taridan Ltd.,
Elbit Computers Ltd. y Fabrique National Herstal, le cedieron sus
acreencias. Aprobándose un manto de US$ 19'500,()(J().OO
R.S. 332-85-EF/95 de 28.JUL.85; mediante la cual se aprueba un
acuerdo de pago con productos entre la firma M/C y la República
Peruana representada por el Ministerio de Econom[a y Finanzas.
D.S. 09o-85-EF de 01.MAR.85; mediante la cual se aprueba un
Convenio de Reestructuración y Cancelación de Obligaciones de Pagos
de la Deuda Externa entre la firma MIC y la República Peruana
representadapor el Ministerio de Econom[a y Finanzas. Aprobándose
la cancelación de los montos, siguientes US$ 8'()(J(),()(J().00; DM
9'300, ()(J().00 Y SF T800, ()(J().
OO.
No debió posteriormente incorporarse como Ejecutivo en las actividades
propias de una Empresa ante la que antes defendió los intereses del Estado
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