,
y que en los archivos de este Comité no obraba información alguna que permitiera
responder las preguntas contenidas en su carta. "
Es importante señalar que la Carta del a Presidente se responde recién dieciocho
meses después, precisamente cuando la Representación Nacional de la Cámara de
Diputados trataba del asunto, formándose una ComisiónInvestigadora el 27-MAY-88.
Se ha verificado asimismo, que el entonces Ministro de Economía, doctor Luis Alva
Castro, a través del Oficio N° 3948-A-86-EF/13 de 30. OCT.86 dirigido al Presidente
del Directorio del Banco de la Nación, fue el que propuso al Directorio de la referida
Entidad Bancaria la adquisición de los valores de la Deuda Externa como inversión
propia "teniendo en consideración que los pagos por Servicio de Deuda Pública
Externa derivados del referido Convenio exceden los límites establecidos para tales
operaciones para el presente ejercicio presupuestal, estimaré a usted presentar a
consideración del Directorio de ese Banco la posibilidad de que el Banco de la
Nación adquiera los Valores de la Deuda Externa del Perú como inversión propia",
para lo cual agregó, "el Ministerio de Economía y Finanzas autorizará el
incremento de capital que el Banco de la Nación requiera para el adecuado
equilibrio financiero que sustente tal inversión", lo cual fue aprobado en su Sesión
N° 886 de 03.NO V.86 con la asistencia del entonces Presidente del Directorio Adán
Seminario Esquerra y de los Directores Juan S. Candela Gómez de la Torre, Jaysuño
Abramovich Schartzberg, Camilo Carrillo Gómez, Rogelio León Seminario, Leonel
Figueroa Ramírez y Jorge Luis Villanueva Carbajal, sin que para el efecto el
Directorio haya dispuesto en forma previa la elaboración de estudios económicolegales y financieros que sustentaran dicho Acuerdo dada las implicancias de la
operación, complementándose el mismo a través de la Sesión de Directorio N° 889.
de 24.NOV. 86, en la que se acordó entre otros aspectos, disponer el atomo de todas
las operaciones registradas al amparo del D.S. 099-86-EF tanto en lo que se refiere
al crédito obtenido del Banco Central de Reserva del Perú, al crédito otorgado al
Ministerio de Economía y Finanzas con tales recursosy las respectivas amortizaciones
e intereses ya cobrados y pagados.
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