COMISIÓN DE TRANSPORTES – GRUPO DE TRABAJO ENCARGADO DE LA EVALUACIÓN DE LOS PROCESOS DE
CONCESIÓN DE LOS TERMINALES PORTUARIOS DEL CALLAO (MUELLE NORTE) Y PAITA
Debe tomarse en cuenta, que ya el 27 de enero del 2011, mediante la
Resolución Suprema N° 034-2011-DE, el Ministerio de Defensa había levantado la reserva para la defensa nacional sobre determinadas coordenadas del área acuática a solicitud del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones.22
Por lo cual, la posterior desafectación de un área acuática adicional
para viabilizar la concesión del terminal portuario, debió necesariamente respetar el procedimiento de recabar la opinión favorable del Ministerio de Defensa y de sus órganos de línea, específicamente, de la Marina de Guerra del Perú.
Mediante Oficio N° 480-2012/MINDEF/SG/D/02, remitido el 09 de marzo
del 2012, al Despacho del Congresista Rogelio Canches Guzmán, por el
Sr. Alberto Otárola Peñaranda, entonces Ministro de Defensa; señala
que la Marina de Guerra del Perú emitió opinión favorable en cuento a
la desafectación de las Áreas III y IV. Sin embargo, en salvaguarda del
carácter estratégico de las Áreas Acuáticas y Terrestres para fines de
Defensa Nacional, opinó desfavorablemente respecto a la desafectación de las áreas I-S y III Acceso, lo cual oportunamente se puso en conocimiento del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
El mencionado oficio acompaña el Oficio N° G.500-0779, de fecha 21
de febrero del 2012 suscrito por el Contralmirante James Thornberry
Schiantarelli, Secretario del Comandante General de la Marina de Guerra, quien por encargo de éste, detalla que mediante Carta Oficial
G.500-0842, del 05 de setiembre del 2011, el Comandante General de la
Marina, emitió opinión favorable respecto al Informe N° 1332011/MINDEF/VRD/C/04, de fecha 08 de agosto del 2011, emitido por el
Director de Gestión Patrimonial del Ministerio de Defensa respecto a las
implicancias de la Resolución Suprema 023-2011-MTC: “en razón de ser
concurrente con la posición institucional que la Marina de Guerra del
Perú ha venido sosteniendo en el tiempo en el sentido que el levantamiento de la reserva en el área I-S posibilitaría la ampliación del Muelle
Norte (Muelle 5) hacia la Base Naval del Callao, lo que afectará la maniobrabilidad y seguridad de las unidades navales y otras embarcaciones, durante las maniobras de ingreso y salida de las instalaciones del
Servicio Industrial de la Marina – Callao.”
22
Dicha Resolución Suprema motivó el pronunciamiento en contra por parte de los miembros del Consejo Directivo de la Asociación de Egresados del Centro de Altos Estudios Militares – ADECAEM; quienes a través de un comunicado publicado el 12 de marzo del 2011, señalan que la norma no habría sido consultada al Consejo de
Seguridad Nacional.
INFORME FINAL - Junio 2012---- 75
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