COMISIÓN DE TRANSPORTES – GRUPO DE TRABAJO ENCARGADO DE LA EVALUACIÓN DE LOS PROCESOS DE CONCESIÓN DE LOS TERMINALES PORTUARIOS DEL CALLAO (MUELLE NORTE) Y PAITA Además, a través del referido decreto, modifica lo establecido en los artículos 28° y 29° de la Ley del Sistema Portuario Nacional, en relación con la conformación de las Autoridades Portuarias Regionales y sus atribuciones, restringiendo su rol sólo al ámbito de los puertos de carácter regional ubicados en su jurisdicción.4 El 25 de marzo de 2008, el Directorio de la Autoridad Portuaria Nacional aprobó los Planes de Promoción de la Inversión Privada correspondientes a los Terminales Portuarios de Paita y General San Martín - Pisco, elaborados por el Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Infraestructura y Servicios Públicos. Ese mismo día, 25 de marzo del 2008, el Consejo Directivo de PROINVERSION acordó aprobar los Planes de Promoción de la Inversión Privada de los referidos Terminales Portuarios. Mediante Resolución Suprema 041-2008-EF5 del 05 de abril del 2008, se ratificó el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSION por el que se aprobó el Plan de Promoción del Terminal Portuario de Paita. El 10 de Abril 2008, se aprobaron las Bases del Concurso de Concesión del Puerto de Paita. El 13 de Mayo de 2008, se publicó el Decreto Legislativo N° 1012 que aprueba la Ley Marco de Asociaciones Público Privadas para la Generación de Empleo Productivo y dicta Normas para la agilización de los procesos de Promoción de la Inversión Privada (en adelante, Ley Marco de Asociaciones Público Privadas). El 23 de Setiembre de 2008, por Acuerdo N° 538-123-23/09/2008/D adoptado por el Directorio de la APN se resolvió calificar como infraestructura nueva al Terminal Portuario de Paita, (construido desde 1966, es decir 4 El Artículo 28°, inciso 28.2 de la Ley 27943 precisa que las APRs son los órganos competentes dentro del ámbit o de su jurisdicción, para planificar, ejecutar y controlar las políticas de desarrollo portuario de los puertos que se encuentren en ella, en armonía con el Plan Nacional de Desarrollo Portuario y las disposiciones emitidas por la Autoridad Portuaria Nacional. Mediante el inciso 28.1 del referido artículo señala que las APRs de puertos calificados como nacionales serían presididas por el representante de la APN. Las Autoridades Portuarias Regionales de puertos calificados de regionales serán presididas por el representante del Gobierno Regional respectivo. 5 Dicha Resolución Suprema, emitida el 05 de abril del 2008, fue firmada por el ex Presidente Alan García Pérez, el entonces Ministro de Economía, Luis Carranza Ugarte y la entonces Ministra de Transportes y Comunicaciones, Verónica Zavala Lombardi. INFORME FINAL - Junio 2012---- 29

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