- Registrar la información entregada por la SUNAT sobre aportes a ONG. Plantea implementar un SISTEMA DE INFORMACIÓN EN TIEMPO REAL Y CONSULTA SOBRE LAS ONG SIN FINES DE LUCRO QUE DESARROLLAN ACTIVIDADES EN EL PAÍS. Las iniciativas, en su mayoría, están referidas a modificar las normas vigentes que regulan la cooperación internacional. Por ello, consideramos pertinente reseñar las modificaciones planteadas a cada una de estas normas. A continuación, los cuadros que permiten comparar dichas modificaciones según las normas involucradas. Decreto Legislativo 719 – Ley de Cooperación Técnica Internacional NORMA VIGENTE Artículo 5.- Las organizaciones no gubernamentales que se encuentran registradas oficialmente y que ejecutan proyectos en áreas priorizadas en los planes de desarrollo son unidades ejecutoras, responsables de identificar y ejecutar acciones y/o proyectos con apoyo de la cooperación técnica internacional, con conocimiento del Gobierno Central, Regional y Local, según corresponda. Artículo 13.- La Agencia Peruana de Cooperación Internacional conduce los Registros de las entidades nacionales y extranjeras que apoyan cualesquiera de las modalidades de Cooperación Técnica Jr. Huaraz 1440 Of. 112 – 15083 – Lima, Perú Proyecto 7367/2023-CR (Aguinaga – FP) Artículo 5.Las organizaciones no gubernamentales que se encuentran oficialmente registradas y que ejecutan planes, programas, proyectos o actividades específicas en áreas priorizadas en los planes de desarrollo son unidades ejecutoras, responsables de identificar y ejecutar planes, programas, proyectos o acciones específicas con apoyo de la cooperación técnica internacional, con conocimiento del Gobierno Central, Regional y Local, según corresponda. Las organizaciones no gubernamentales bajo los alcances de la presente ley, se encuentran prohibidos de contratar con el Estado. Artículo 13.- La Agencia Peruana de Cooperación Internacional conduce los Registros de las entidades nacionales y extranjeras que apoyan cualesquiera de las modalidades de Cooperación (511) 99946555 996883949 (511) contacto@japiqay.org 7140/2023-CR (Cueto – Avanza País) NO PROPONE MODIFICACIONES DE ESTE ARTÍCULO. Artículo 13.- La Agencia Peruana de Cooperación Internacional administra y gestiona los Registros de las entidades nacionales y extranjeras que apoyan cualesquiera de las modalidades de

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