Y también dice en el artículo 14.°, "ley dada por el Congreso de la República", yo no la he dado, la han dado los congresistas de nuestra Nación, dice: mediante decreto supremo se aprobará la transferencia presupuestaria a que hubiere lugar. Esto que yo le he leído, señor congresista, no es nada subjetivo, usted sabe si ha tenido a su vista la ley, que eso es lo que dice la ley y cualquier persona puede entrar a Internet y encontrarla y va a encontrar que ése es el texto real de la ley. En el artículo 7.° vuelve a mencionar que tiene rango ministerial. Y en fin, cuando yo firmo un decreto supremo yo lo que estoy haciendo es cumpliendo con la ley; es mi función como de ministro cumplir con la ley y eso es lo que la ley establece. De tal manera que vamos estableciendo dos aspectos importantes. El primero. que lo que yo he hecho al firmar este decreto es cumplir con la ley, con dos leyes hasta ahora, la Ley de Presupuesto que lo aprueba el Congreso de la República, los 120 congresistas son los responsables de aprobar esa ley. Probablemente si yo hubiese sido congresista, que no es el caso, yo no lo hubiese aprobado, hubiese hecho lo que tuviera que hacer. Sin embargo, hemos llegado al extremo, señor Presidente, que el actual Congreso de la República ha vuelto a aprobar en calidad de secreto la nueva Ley del S1N. No soy congresista y no tengo nada que ver, pero han vuelto a aprobar en calidad de secreto. A nivel de opinión nada más le puedo decir: yo no lo hubiese aprobado así. Entonces, continúo porque tengo que hacer mi defensa. El señor PRESIDENTE. Permítame una inlen-upción, no está usted acá investigado ni mucho menos, su condición es la de persona que nos ofrece una declaración testimonial. ¿Nos podría referir la fecha de la ley a la que se refiere usted? El señor SALAS GUEVARA SCHUTZ, Luis Federico. Es la nueva ley que han aprobado. El señor PRESIDENTE.— A la ley a la que se refiere usted con tanto énfasis. El señor SALAS GUEVARA SCHUTZ, Luis Federico.— Ya. La ley a la que me refiero es de fecha, acá lo tengo. es la Ley N.° 25635, del 21 de julio de 1992. El señor PRESIDENTE.— Usted sabe que el 25 de julio de 1992 el Congreso estaba en receso, porque fue disuelto por el señor Fujimori; por tanto, se trata de un decreto ley. El Congreso como institución me parece que, mucho menos de un ex Presidente de Consejo de Ministros como es usted, no puede merecer un tratamiento de esta naturaleza. El señor SALAS GUEVARA SCHUTZ, Luis Federico.— Agradezco su precisión. señor Presidente, v también quiero, por favor, que entienda usted que yo no era ni siquiera político en ese entonces, no estaba en las vicisitudes políticas sino dedicado a la actividad privada. En todo caso, en buena hora que haya sido así. Pero después de 1992 hasta el año 2000 han pasado 8 años y en esos 8 años ha habido un periodo de un congreso llamado, sino me equivoco, Democrático y... No recuerdo el nombre. Constituyente Democrático y después ha habido otro Congreso elegido que han tenido 8 años para poder levantar si es que era necesario una normalidad esto. En todo caso, señor Presidente, lo único que estoy tratando de probar con esta mención es que _7P _ 4 41 4

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