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También se indica que al margen de los aspectos negativos
mencionados, se debía tomar en consideración que si se
deseaba una rápida y eficiente privatización de AEROPERÚ,
se debía pensar en cifras del rango mencionado (entre 20 y
30 millones de dólares americanos) dadas las condiciones
expuestas. En ningún caso, valores significativamente
mayores a los indicados.
Para proyectar la empresa luego de una negociación de
transferencia, era necesario:
La eventual absorción de las pérdidas del año 1992 por
parte del Estado, hasta el momento en que el nuevo
inversionista asuma la gestión de la empresa.
El apoyo para el cambio a una nueva flota, que se requería
con suma urgencia.
La formación de una nueva compañía (Nueva AEROPERU)
con un “record limpio”.
d. Flota de AEROPERU
• Uno de los problemas por resolver de manera inmediata es el
cambio de la flota, la que estaba compuesta de diferentes
tipos de aeronaves obsoletas y poco eficientes, cuyo valor
en el mercado se estimaba en alrededor de US $ 13
millones, y que con motores de reemplazo, repuestos y
otros equipos directamente relacionados, se elevaba
aproximadamente a US $ 25 millones.
En síntesis, AEROPERU era una empresa inviable antes del proceso de
privatización. El valor de la empresa se encontraba en las rutas y derechos
comerciales que le correspondían como Línea Aérea de Bandera, su
posicionamiento en el mercado y el valor de sus intangibles.
En este contexto la consultora HANSEN –HOLM, ALONSO Y Co, estimó que los
activos de la empresa ascendían a aproximadamente a $ 25 millones y el
“Good Will” de la empresa estaba calculado entre $ 20 y $30 millones. Esta
consultoría también recomendó el saneamiento económico financiero de la
empresa y su posterior reflotamiento para su privatización. Además el
otorgamiento de la condición de Línea Aérea de Bandera al operador por de 4 a
5 años.
Según lo expresado es este Capítulo, HANSEN – HOLM, ALONSO & Co.
estimaba que el Estado debía asegurar las condiciones para que AEROPERU
inicie un proceso de reflotamiento; por ello se recomendaba que se dieran las
medidas para el saneamiento como etapa previa a su reestructuración, máxime
si el Estado garantizaría la condición de “Línea Aérea de Bandera “ al nuevo
operador, así como los beneficios consiguientes. Estas recomendaciones no
fueron tomadas en cuenta por los funcionarios de AEROPERU, el Cepri y la
COPRI, a pesar de que se dieron las condiciones legales y económicas para
proceder al saneamiento e inicio del proceso de reflotamiento, lo cual
ocasionó un menor valor de la empresa y propició que se mantenga inviable en
el tiempo.
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