juez correspondiente, yo no tengo ningún problema. El señor PRESIDENTE.— Para culminar, señor Dammert. El señor DAMMERT EGO AGUIRRE.— Yo creo que dada esa buena voluntad del entrevistado, lo que se podría plantear es lo siguiente. Que el día de mañana la asesoría de la comisión podría traer un documento dirigido por él al juez en la cual autoriza a la comisión para el levantamiento del secreto bancario de esta cuenta específicamente, no estamos hablando de todas, sino de ésta, creo que esa podría ser la solución de esta buena voluntad. El señor PRESIDENTE.— Me permiten cederle el uso de la palabra al abogado, por favor. El doctor en el uso de la palabra. El ABOGADO.— Como ustedes entenderán, en realidad uno de los compromisos previos pactados con el órgano jurisdiccional, eran de que para el otorgamiento de ciertos beneficios y por el otorgamiento de la utilidad que se tenga con respecto a las declaraciones en el juzgado, eran los levantamiento de los secretos bancarios, era los temas de las repatriaciones, entonces mal haríamos nosotros en tener un pacto previo con ustedes en solicitarle al juez formalmente, me parece lo más idóneo que ustedes tendrían que por su intermedio, coordinarlo directamente con el juzgado, nosotros ya tenemos un compromiso previo con el juzgado y mal haríamos en afrontar en este momento un compromiso intermedio con ustedes. El señor PRESIDENTE.— Gracias, doctor. El señor DAMMERT EGO AGUIRRE.— Para concluir, podría entenderse que el señor Valencia le señale a la comisión que está dispuesto que se abra el secreto bancario y que la comisión previamente coordine con el juzgado para que se realice ese trámite; ése sería la conclusión más adecuada. El señor VALENCIA ROSAS.— Afirmativo, efectivamente ésa sería mi apreciación, señor. El señor PRESIDENTE.— El doctor Ugaz. El señor UGAZ.— Sí, para que un poco más se entienda. La voluntad de levantar el secreto de cualquiera de las cuentas que tiene el señor Valencia a su nombre o a nombre de empresas o en representación de, no es exclusiva de ninguna comisión. De lo que se trata es de que esta voluntad ha sido ya primigeniamente declarada ante juzgado, entonces quiérase de que por cuestión de lealtad al proceso y probidad de mismo, nosotros no nos podemos comprometer a asignar a ninguna comisión del Parlamento o cualquier comisión que desee investigar y desee las declaraciones de mi patrocinado, que se tome su palabra porque estaríamos yendo en contra de la lealtad y la misma jurisdicción que ya nos hemos comprometido previamente con ello. Sin embargo, entendiendo de manera lata la expresión del patrocinado, del señor Juan Valencia, en querer colaborar con todos sin exclusividad, pero que respetando el compromiso primigenio tenido con la jurisdicción, es que por ello se les dice que, por favor, si ustedes podían coordinar con el juzgado, no habría ningún inconveniente; esos son los marcos debidos en los cuales se tiene que entender las palabras de mi patrocinado. El señor PRESIDENTE.— Gracias. -36-

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