le compete en este terreno a la Superintendencia.
Si usted nos dice, a la Superintendencia no le compete nada, entonces está zanjado el tema y
tenemos una opinión suya que la comisión evaluará, pero si a la Superintendencia le compete
algo, lo que nosotros queremos es entender ¿qué le compete?, y ¿por qué le competía lo que le
competía no funcionó?
Porque en un sistema tan integrado de red de corrupción como el que ha vivido el país es muy
difícil, muy difícil suponer ¿no es cierto?, que no hubieron intromisiones políticas en
determinados manejos, es muy difícil.
Cuando uno ve la red de vínculos que abarcan aparato militar, fiscalía, Poder Judicial, medios de
comunicación, tribunal fiscal, Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, Aduanas
y comienza a vincular y ve movimiento como el del señor Custodio, por ejemplo, en un período
determinado al interior de la Superintendencia de Banca y Seguros o que dos miembros de la
banda de “Los Norteños” eran parte de la Contraloría General de la República, usted
comprenderá que es bien difícil que una comisión piense que hubo una sola institución que
estuvo totalmente libre de todo, que no hubo nada, que no hubieron presiones políticas, que no
hubieron vínculos, que no hubieron relaciones, que no pasó nada, que esto era una isla ¿no es
cierto?, es un problema simplemente lógico.
Yo entiendo que hay funcionarios que cumplen funciones técnicas en este terreno, lo que veo
difícil es que no existan ningún tipo de vínculos políticos, de presiones políticas, de decisiones
políticas impuestas, cuando uno ve las decisiones. Por ejemplo, se acaba de decir en la decisión
respecto a inaplicar hubo una opinión previa al Presidente y una opinión independiente de la
Superintendencia, entonces el juez que dejó libre al norteamericano acusado de, se acuerda el
caso de la adopción de niños peruanos, ¿no es cierto?, ¡qué casualidad!
El Presidente emitió una opinión de que eso debía terminar y tres días después el juez falla en
ese sentido, quizás los hechos son independientes en el tiempo, pero para el sentido común de
cualquiera es bien difícil entender que los hechos son independientes.
Pueden haber argumentos legales también que fundamentan la decisión del juez, pero una
investigación de este estilo tiene que tener otros criterios aparte de esto. Yo no quiero quitarle
méritos técnicos a nadie en este terreno, ni quiero involucrar a nadie en lo que no estuvo
expresamente involucrado en función de beneficio propio ni mucho menos, (5) pero me parece
difícil suponer que un sistema en el que hay tal presión política como la que había, incluyendo
espionaje telefónico, seguimiento de la vida personal de la gente ¿no? como lo hemos
testimoniado, utilización de los medios de comunicación para chantajear, desprestigiar que esto
fuera una isla, a eso es a lo que voy.
No quisiera insistir en eso reiteradamente en la sesión porque usted comprenderá que su
respuesta puede ser definitiva respecto ¿no? implica por lo tanto que las acciones de la
Superintendencia bajo su dirección o bajo la dirección de otros, fueron decisión exclusiva y por
lo tanto responsabilidad legal exclusiva de la Superintendencia, lo que implica que hay una
asunción de responsabilidad propia frente a la evaluación de los hechos que no comprende a
otros.
Y lo que nosotros estamos tratando de entender es un sistema que nosotros comprendemos, es un
sistema de rentas. Las acusaciones que está produciendo por parte del Procurador Ugaz es
asociación ilícita para delinquir. Esa asociación ilícita para delinquir sometió a determinadas
personas, entidades, en fin, de diversas maneras; no queremos tener una mala comprensión del
tema.
Y por eso es muy importante que las respuestas sean explícitas y puntuales respecto a estos
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